1. Modifícase la resolución exenta Nº 1.014, (V. y U.), de 2025, en el sentido de agregar, en su resuelvo 2., a continuación del punto aparte, la siguiente frase: "Excepcionalmente, los Serviu que cuenten con un procedimiento de pago debidamente documentado y acreditado podrán mantenerlo, debiendo remitir a la Subsecretaría dicho procedimiento, incluyendo su flujo y la descripción de las etapas, roles y responsabilidades. Asimismo, deberán informar semestralmente a la Subsecretaría sobre los resultados de su aplicación.".
    2. Se deja constancia que la presente resolución exenta no irroga gastos para el presupuesto de este Ministerio.