AUTORIZA CIRCULACIÓN DE VEHÍCULO EN TÉRMINOS QUE INDICA
Núm. 1.330 exento.- Santiago, 28 de agosto de 2025.
Visto:
El oficio N° 1297, de fecha 14.08.2025, de la Gobernación Regional de Los Ríos; lo dispuesto en el artículo 1° y 3° del decreto ley N° 799, de 1974 y sus modificaciones; en el decreto supremo N° 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia y en la resolución N° 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, y
Considerando:
Los desplazamientos que debe efectuar el vehículo que luego se individualiza, atendidas las exigencias propias de la gestión del Gobierno Regional de Los Ríos.
Decreto:
Artículo único: Autorízase la circulación en horario inhábil y en días sábados en la tarde, domingos y festivos al vehículo que se individualiza a continuación:
Vehículo MINIBUS
Marca MERCEDES BENZ
Modelo SPRINTER 417 CDI 16+1 FENIX
Año 2025
Motor 654920W0185962
Chasis 8AC907645SE265198
Color BLANCO
I.R.N.V.M TGXR.93-9
Placa Única TGXR-93
Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Álvaro Elizalde Soto, Ministro del Interior.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Atentamente, Víctor Ramos Muñoz, Subsecretario del Interior.