Artículo tercero. Mientras no entre en funcionamiento la Oficina de Autorizaciones Sectoriales e Inversión, las referencias a ella contenidas en el presente decreto con fuerza de ley se entenderán hechas a la Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño, en virtud de lo dispuesto en el artículo duodécimo transitorio de la ley Nº 21.770.