MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 59 EXENTA (V. Y U.), DE 2023, QUE ESTABLECE CONDICIONES Y MECANISMOS DE APROBACIÓN DE PROYECTOS DE VIVIENDAS INDUSTRIALIZADAS TIPO Y FIJA EL PROCEDIMIENTO PARA REVISIÓN DE PROYECTOS QUE INCORPOREN EL USO DE VIVIENDAS INDUSTRIALIZADAS TIPO, DESARROLLADOS EN EL MARCO DE LOS PROGRAMAS HABITACIONALES FONDO SOLIDARIO ELECCIÓN DE VIVIENDA, DS Nº 49 (V. Y U.), DE 2011, Y DE HABITABILIDAD RURAL, DS Nº 10 (V. Y U.), DE 2015
Santiago, 3 de febrero de 2026.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 190 exenta.
Visto:
Lo dispuesto en la ley 16.391 que crea el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo; en el DL Nº 1.305, de 1975, que Reestructura y Regionaliza el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo; en el DFL Nº 458, de 1975 que aprueba la Ley General de Urbanismo y Construcción; en la resolución exenta Nº 59 (V. y U.), del 17 de enero de 2023, en la resolución exenta Nº 596 (V. y U.), del 24 de abril de 2024 y en la resolución Nº 36, de 2024, de la Contraloría General de la República.
Considerando:
a) Que, mediante la resolución exenta Nº 59 (V. y U.), del 17 de enero de 2023, se establecieron las condiciones y mecanismos de aprobación de proyectos de viviendas industrializadas tipo y se fijó el procedimiento para la revisión de proyectos que incorporen el uso de viviendas industrializadas tipo, desarrollados en el marco de los programas habitacionales Fondo Solidario Elección de Vivienda DS Nº 49 (V. y U.), de 2011, y de Habitabilidad Rural DS Nº 10 (V. y U.), de 2015, y que fuera modificada por la resolución exenta Nº 596 (V. y U.), del 24 de abril de 2024.
b) Que, para la correcta implementación de estas instrucciones, se hace necesario complementar el instrumento señalado, con las adecuaciones que permitan un mejor y acertado procedimiento, mediante la correspondiente modificación de la resolución exenta Nº 59 (V. y U.), del 17 de enero de 2023, y la modificación aprobada mediante resolución exenta Nº 596 (V. y U.), del 24 de abril de 2024; en el sentido siguiente:
Resuelvo:
1. Modifícase el resuelvo 2º de la resolución exenta Nº 59 (V. y U.), del 17 de enero de 2023, que fija el procedimiento para la revisión de proyectos que incorporen el uso de viviendas industrializadas tipo, agregando a continuación del literal d) lo siguiente:
e) Para casos específicos en que por razones de buen servicio, la Seremi de Vivienda y Urbanismo requiera cooperación para ejercer las funciones de revisión de los proyectos detallados en las letras b) y c) precedentes, esta podrá mediante oficio fundado, solicitar apoyo al Serviu respectivo de la región. Una vez formalizada la aceptación del Serviu mediante el respectivo oficio, asumirá la correspondiente revisión el funcionario designado para aquello.
Anótese, publíquese, comuníquese y archívese.- Carlos Montes Cisternas, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Carlos Araya Salazar, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo (S).