1°. Dispónese tramitar con prioridad la revisión de las solicitudes de inicio del Procedimiento de Renegociación respecto de los usuarios de la Región de Ñuble y de las comunas de Concepción, Penco y Tomé, de la Región del Biobío, que se encuentren en tramitación o que se presenten dentro del plazo indicado en el resuelvo 3° del presente acto administrativo e implementar otras medidas que permitan agilizar la tramitación de dichos procedimientos.
2°. Ténganse los antecedentes expuestos en la presente resolución como suficiente fundamento para establecer medidas de gestión interna, priorización, redistribución de cargas de trabajo, agilización y/u otra medida que se estime según lo amerite el avance de procedimiento.
3°. Dispónese que las medidas dispuestas en el presente acto administrativo estarán vigentes por un plazo de 90 días contados desde la fecha de la respectiva publicación en el Diario Oficial, plazo que podrá prorrogarse mediante acto fundado si las circunstancias de la emergencia así lo ameritan.-