RECTIFICA ORDENANZA MUNICIPAL QUE REGULA EL PROCEDIMIENTO PARA LA FIJACIÓN DE LA TARIFA DE ASEO DOMICILIARIO, EN LO QUE SE INDICA
   
    Núm. 152 exento.- Taltal, viernes, 30 de enero de 2026.
   
    Vistos:
   
    1. Decreto N° 1.126 que aprueba la Ordenanza que determina el procedimiento para fijar tarifa de aseo domiciliario, forma de cobro y exenciones;
    2. Las facultades que me confiere la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, especialmente el artículo 65 letra 1).
    3. El acuerdo del Concejo Municipal adoptado en sesión ordinaria N° 05, de fecha 27 de febrero de 2024, que aprueba tarifa de aseo y que aprueba asimismo el texto de la presente Ordenanza;
    4. Informe de la Dirección de Aseo y Ornato, Medio Ambiente y Servicios Generales (DAOMA) sobre el cálculo de la tarifa de Aseo año 2025;
    5. Decreto 1657/2025 de fecha 10 de diciembre de 2025, que aprueba el cobro de la tarifa de aseo año 2026 de la comuna de Taltal.
   
    Considerando:
   
    1- Que se ha detectado un error de texto en Ordenanza Municipal que regula el procedimiento para la fijación de la tarifa de aseo domiciliario, de fecha 23 de noviembre de 2024.
    2- Que el error de texto del tramo exento correspondiente al artículo 16 de la ordenanza N° 1.126 no afecta la validez del contenido aprobado por el Concejo Municipal; sin embargo, resulta imprescindible dictar el acto administrativo que rectifique formalmente dicho error de texto, asegurando la correcta aplicación del beneficio a los contribuyentes de la comuna.
   
    Decreto:
   
    1. Rectifíquese decreto N° 1.126 de fecha 12 de noviembre de 2024, publicado en el DO el 23 de noviembre de 2024, CVE 2571467, en su artículo 16, en el siguiente sentido:
   
    Donde dice: "Artículo 16. De conformidad al artículo 7 de la ley 20.033, quedarán exentos automáticamente del pago de tarifa de aseo, aquellos usuarios cuya vivienda o unidad habitacional tenga un avalúo fiscal igual o superior a 225 UTM".
   
    Debe decir: "Artículo 16. De conformidad al artículo 7 de la ley 20.033, quedarán exentos automáticamente del pago de tarifa de aseo, aquellos usuarios cuya vivienda o unidad habitacional tenga un avalúo fiscal igual o inferior a 225 UTM.
   
    Quedando texto completo en la siguiente forma:
   
    Apruébese Ordenanza que determina el procedimiento para fijar tarifa de aseo domiciliario, forma de cobro y exenciones.