APRUEBA LA CREACIÓN, CONFORMACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL GRUPO TÉCNICO INTERMINISTERIAL DE SOLUCIONES BASADAS EN LA NATURALEZA EN CHILE
   
    Por resolución exenta Nº 384/2026, de viernes 23 de enero de 2026, del Ministerio del Medio Ambiente, y conforme a lo dispuesto en el artículo 70 letra x) de la ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, se aprueba la creación del Grupo Técnico Interministerial de Soluciones Basadas en la Naturaleza en Chile, en adelante "el Grupo", como instancia técnica de coordinación intersectorial.
    La creación del Grupo se fundamenta en las competencias del Ministerio del Medio Ambiente establecidas en los artículos 69 y 70 de la ley Nº 19.300; en la ley Nº 21.455, Marco de Cambio Climático; en la Estrategia Nacional de Biodiversidad 2017-2030; en la Estrategia Climática de Largo Plazo; en la Contribución Determinada a Nivel Nacional (NDC) 2020 y su actualización 2025; en la Estrategia Nacional de Transición Socioecológica Justa; y en los compromisos internacionales asumidos por Chile en el marco del Convenio sobre la Diversidad Biológica, la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático y el Acuerdo de París, los cuales reconocen y promueven la implementación de soluciones basadas en la naturaleza como herramientas para la mitigación y adaptación al cambio climático, la conservación de la biodiversidad y el fortalecimiento de la resiliencia.
    El Grupo se constituye como una instancia de carácter técnico y permanente, cuyo objetivo es el estudio, consulta, análisis, comunicación y búsqueda de oportunidades de colaboración entre organismos públicos, con el fin de uniformar criterios, reducir brechas y fomentar la implementación de soluciones basadas en la naturaleza en Chile.
    Para el cumplimiento de su objetivo, el Grupo tendrá, entre otras, las siguientes funciones:

    a) Promover la acción coordinada en sectores clave como cambio climático, gestión hídrica, restauración de ecosistemas, recuperación de la biodiversidad e infraestructura para la reducción del riesgo de desastres.
    b) Contribuir a la articulación entre distintos niveles de gobierno, el sector privado y la sociedad civil.
    c) Elaborar informes técnicos, recomendaciones y propuestas que contribuyan a la formulación, implementación, mejora y evaluación de políticas públicas, planes, programas y proyectos relacionados con soluciones basadas en la naturaleza.
    d) Organizar instancias de capacitación, tales como cursos, talleres y seminarios, en la materia.

    El Grupo estará integrado, al menos, por representantes de los siguientes organismos: Comisión Nacional de Riego del Ministerio de Agricultura; Dirección General de Aguas, Dirección General de Obras Portuarias y Dirección de Obras Hidráulicas del Ministerio de Obras Públicas; Oficina de Transición Socioecológica Justa del Ministerio del Medio Ambiente; Ministerio de Desarrollo Social y Familia; Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación; Ministerio de Vivienda y Urbanismo; Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo del Ministerio del Interior; y Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
    Cada institución deberá designar un/a representante titular y un/a suplente mediante oficio dirigido al Ministerio del Medio Ambiente. El Grupo podrá invitar o integrar a otros organismos públicos, previo acuerdo de sus integrantes.
    La Secretaría Técnica será ejercida por el Ministerio del Medio Ambiente, a través de la división u oficina que se determine, correspondiéndole la coordinación del Grupo, la convocatoria a sesiones, la elaboración de actas y demás funciones necesarias para su adecuado funcionamiento.
    El Grupo sesionará ordinariamente al menos una vez por trimestre, en modalidad presencial, telemática o híbrida, y extraordinariamente cuando sea necesario. El quórum para sesionar será de mayoría simple de sus integrantes y los acuerdos se adoptarán por mayoría simple de los presentes.
    Los Comités Interministeriales de Transición Socioecológica Justa y de Transición Hídrica Justa podrán supervisar su funcionamiento y conocer sus planes de trabajo, los cuales serán propuestos anualmente por la Secretaría Técnica y concordados por el Grupo.
    La resolución establece que el texto íntegro se encontrará disponible en el portal de Transparencia Activa de la Subsecretaría del Medio Ambiente. La presente resolución entrará en vigencia a contar de su publicación en el Diario Oficial.-

    Fernando Krauss Ruz, Jefe de la Oficina de Transición Socioecológica Justa.