Artículo 15. La estructura orgánica del organismo y las facultades, funciones y atribuciones de cada una de sus unidades o dependencias internas. En esta materia -a diferencia del párrafo anterior en el que se contienen las funciones, atribuciones y/o tareas relativas al sujeto obligado en general-, se contendrá la información relativa a cada una de las unidades o dependencias de éste. Para ello, se consignará la siguiente información en una planilla:
a) Nombre de cada unidad o dependencia del sujeto obligado;
b) Descripción de las facultades, funciones y atribuciones asignadas a cada una de sus unidades o dependencias internas;
c) Indicación de el o los artículos de la ley, reglamento, u otro acto administrativo, que las otorgó;
d) Fecha de promulgación;
e) Fecha de publicación, cuando haya sido publicada en el Diario Oficial;
f) Enlace al documento que contenga el texto íntegro y actualizado de la normativa que otorga las facultades y atribuciones; y
g) Fecha de su última modificación si la hubiere; o bien, un texto indicando expresamente que no ha sido objeto de modificaciones.