Artículo 38. Contrataciones no sometidas al Sistema de Compras Públicas, relativas a bienes muebles o servicios. En este ítem se deberá publicar en una planilla, los siguientes antecedentes:
a) Año y mes al que corresponde la publicación;
b) Individualización del acto administrativo que aprueba el contrato (tipo, denominación, fecha y número);
c) Individualización del contratista (nombre completo para las personas naturales y razón social y RUT para las personas jurídicas). En el caso de que se trate de una persona natural, no deberá indicarse su RUT;
d) Individualización de los socios, socias o accionistas principales de las empresas o sociedades prestadoras, según sea el caso;
e) Objeto de la contratación o adquisición;
f) Unidad monetaria del monto o precio total convenido (por ejemplo, peso chileno, dólar estadounidense, euro, libra esterlina, entre otras);
g) Monto o precio total convenido;
h) Duración del contrato, con indicación de la fecha de inicio y de término, o señalamiento de que éste tiene cláusula de renovación automática;
i) Enlace al texto íntegro del contrato; y
j) Enlace al acto administrativo que lo apruebe y al que contenga sus posteriores modificaciones, si procede.