Artículo 40. Contratos que hubieren sido formalizados mediante la emisión de orden de compra. En este ítem se deberá informar, en una planilla separada, lo siguiente:
a) Año y mes al que corresponde la publicación;
b) Individualización de dicha orden (denominación, fecha y número);
c) Individualización del contratista (nombre completo para las personas naturales y razón social y RUT para las personas jurídicas). En el caso de que se trate de una persona natural, no deberá indicarse su RUT;
d) Individualización de los socios, socias o accionistas principales de las empresas o sociedades prestadoras, según sea el caso;
e) Objeto de la contratación o adquisición;
f) Unidad monetaria del monto o precio total convenido (por ejemplo, peso chileno, dólar estadounidense, euro, libra esterlina, entre otras);
g) Monto o precio total convenido;
h) Duración del contrato, con indicación de la fecha de inicio y de término, o señalamiento de que éste tiene cláusula de renovación automática; e,
i) Enlace al texto íntegro de la orden de compra.