MODIFICA DECRETO Nº 54, DE 2024, QUE DECLARA MONUMENTO NACIONAL, EN LA CATEGORÍA DE MONUMENTO HISTÓRICO, EL ARCHIVO DE LA AGRUPACIÓN DE FAMILIARES DE DETENIDOS DESAPARECIDOS, UBICADO EN LA COMUNA DE SANTIAGO, REGIÓN METROPOLITANA
Núm. 17 exento.- Santiago, 12 de febrero de 2026.
Visto:
Lo dispuesto en los artículos 32 Nº 6 y 35 de la Constitución Política de la República, cuyo texto fue refundido, coordinado y sistematizado por el decreto supremo Nº 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República; en el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el artículo 3° Nº 25 de la ley Nº 21.045, que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio; en la ley Nº 17.288 que legisla sobre Monumentos Nacionales, modifica las leyes Nº 16.617 y Nº 16.719, deroga el decreto ley Nº 651, de 17 de octubre de 1925; en el decreto supremo Nº 11, de 2018, que modifica el decreto supremo Nº 19, de 2001, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República; en el decreto Nº 54, de fecha 19.11.2024, del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, que Declara Monumento Nacional, en la categoría de Monumento Histórico, el Archivo de la Agrupación de Familiares de Detenidos Desaparecidos, ubicado en la comuna de Santiago, Región Metropolitana; en el acta de sesión extraordinaria de fecha 19 de marzo de 2025 del Consejo de Monumentos Nacionales; en la resolución Nº 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, y en los antecedentes que obran en el expediente de modificación de la declaratoria.
Considerando:
1. Que, en virtud del decreto Nº 54, del 19.11.2024, del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, se declaró Monumento Nacional, en la categoría de Monumento Histórico, el Archivo de la Agrupación de Familiares de Detenidos Desaparecidos, ubicado en la comuna de Santiago, Región Metropolitana.
2. Que, posteriormente, la Sra. Ana María Carreño, archivera de la Agrupación de Familiares de Detenidos Desaparecidos (AFDD), en conjunto con el directorio, solicitó la modificación de la declaratoria para incorporar 21 arpilleras y un bordado.
3 Que, este conjunto fue hallado a fines de 2024, y corresponde a piezas textiles registradas en 1988 que fueron elaboradas por las mujeres del "taller de arpilleras". Este hallazgo da cuenta del protagonismo de las mujeres de la AFDD en sus creaciones y en el desarrollo de un oficio vigente, artesanal y colectivo. Estas obras constituyen un elemento material de denuncia y resistencia ante las graves violaciones de derechos humanos. La institución es propietaria y administradora de su archivo. Las obras se encuentran resguardadas en el segundo piso, en el archivo del MH Casa Sola Sierra, ubicado en Avenida Ricardo Cumming Nº 1161, en la comuna de Santiago.
El hallazgo de las arpilleras se produjo de manera fortuita el 10 de diciembre de 2024 (Día Internacional de los Derechos Humanos), en un mueble que no había sido abierto en 25 años. Estaban contenidas en una bolsa de plástico, dobladas y apiladas entre sí. Indudablemente, esta disposición de tela sobre tela favoreció su conservación. En estos momentos están resguardadas en el mueble full space del archivo.
4. Que, las obras que se presentan constituyen una crónica bordada de los hechos ocurridos en dictadura y donde las mujeres de la AFDD fueron protagonistas de sus propias historias; la desaparición de sus padres, esposos, hermanos o hijos, las puso en un doloroso contexto histórico.
5. Que, en cuanto a los antecedentes históricos, las mujeres comenzaron a coincidir en los lugares donde buscaban a sus familiares, donde empezaron a agruparse orgánicamente. Posteriormente, fueron acogidas por el Comité Pro Paz y después por la Vicaría de la Solidaridad. La abogada de la Vicaría, Gloria Torres, junto a la profesora de arte, Valentina Bone, idearon el taller. La educadora se inspiró en las molas panameñas o la técnica de los tapices amish para transmitir el conocimiento. El objetivo del taller en ese entonces era proveer un espacio de contención y aprendizaje, pero, además, a través del arte contarían sus propias historias y denunciarían lo que estaba ocurriendo en Chile.
6. Que, el quehacer diario de estas mujeres se enfocó en distintas actividades, tales como marchas, huelgas de hambre, encadenamientos en lugares públicos, manifestaciones, pegatinas, trabajos de asamblea, entre muchas otras actividades. Las arpilleras fueron otra forma de denuncia; en un comienzo bordaban a escondidas y temerosas. Las circunstancias no permitían que se reunieran abiertamente, ni tampoco hablar del oficio. Mucho más adelante, y sin dejar de lado sus actividades de denuncia, las mujeres pudieron reunirse en torno al trabajo de taller, donde primó la colaboración de ideas y los materiales. La idea fue hacer comunidad, acompañarse y no desistir nunca en la denuncia y la búsqueda.
7. Que, las obras tuvieron circulación como elemento material político. De acuerdo a los testimonios, se exhibieron en bibliotecas y escuelas públicas, siempre y cuando el contexto lo permitiera.
En cuanto al estado de conservación de las obras, paradójicamente, la disposición de las telas las ha mantenido casi inalterables y las ha conservado en muy buenas condiciones. Esta revisión se realizó en colaboración con el Museo Histórico Nacional en función del trabajo realizado el 2024 con las mujeres arpilleristas de la Región Metropolitana. Al revisar las arpilleras, estas revelan hilos que las unieron, marcas que delatan alguna exposición o muestra, por lo que se cree que este conjunto se encontró unido como una gran obra que quiso mostrar la historia de la AFDD. Respecto del bordado, las marcas y restos de pintura hacen presumir que estuvo adherida en alguna puerta, quizás en la Vicaría de la Solidaridad o en la Fundación de Ayuda Social de las Iglesias Cristianas (FASIC), para identificar las oficinas de la agrupación.
8. Que, para esta modificación de declaratoria se remitieron las siguientes consultas de opinión:
. Al Museo Histórico Nacional, que, mediante su Directora (S), a través del Ord. Nº 001/2025, de fecha 19 de febrero de 2025, manifestó su opinión favorable a la modificación de la declaratoria.
. Al Museo de la Memoria y de los Derechos Humanos, que, mediante su Directora Ejecutiva, en carta Nº 408, de fecha 3 de marzo de 2025, también manifestó su opinión favorable a la modificación de la declaratoria.
. Además, la declaratoria cuenta con cartas de apoyo de destacadas arpilleristas.
9. Que, en sesión extraordinaria de fecha 19 de marzo de 2025, el Consejo de Monumentos Nacionales, por 12 votos a favor y de manera unánime, acordó aprobar la modificación del decreto Nº 54, de 2024, en el sentido de incorporar el conjunto de 22 arpilleras como atributo del Monumento Histórico y pedir a la Ministra de las Culturas, las Artes y el Patrimonio la dictación del decreto que modifique el decreto Nº 54, de 2024, del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio que declara Monumento Nacional, en la categoría de Monumento Histórico, el Archivo de la Agrupación de Familiares de Detenidos Desaparecidos, ubicado en la comuna de Santiago, Región Metropolitana.
Decreto:
Artículo primero: Modifícase el decreto Nº 54, de 2024, del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, en el sentido de incorporar el conjunto de 22 arpilleras como atributo del Monumento Histórico Archivo de la Agrupación de Familiares de Detenidos Desaparecidos, ubicado en la comuna de Santiago, Región Metropolitana.
Artículo segundo: En todo lo no modificado por el presente decreto, mantiene plena vigencia el citado decreto Nº 54, de 2024, del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio.
Artículo tercero: Incorpórase el presente decreto al Registro Patrimonial de acceso público, de conformidad a la normativa vigente y lo dispuesto por el artículo 3º Nº 30 de la ley Nº 21.045, que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio.
Artículo cuarto: Incorpórese por la Secretaría Técnica del Consejo de Monumentos Nacionales la presente modificación del decreto Nº 54, de 2024, del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, que declara como Monumento Nacional, en la categoría de Monumento Histórico, el Archivo de la Agrupación de Familiares de Detenidos Desaparecidos (AFDD), en el Registro de Monumentos Nacionales a que se refiere el Nº 4 del artículo 30 de la ley Nº 21.045.
Anótese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Carolina Arredondo Marzán, Ministra de las Culturas, las Artes y el Patrimonio.
Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Carolina Pérez Dattari, Subsecretaria del Patrimonio Cultural.