Modifícase el decreto N° 1.014 exento, de fecha 17 de diciembre de 2020, del Ministerio de Defensa Nacional, en el sentido de precisar que la derogación que en él se señala, recae únicamente sobre las Áreas Apropiadas para el Ejercicio de la Acuicultura (A.A.A.) de la Región del Biobío, en los términos que a continuación se indican:
   
    I. En el considerando N° 20, donde dice: "dejar sin efecto los DS N° 537 de 1993, y sus modificaciones contenidas en los DS N° 84 de 1997 y por el DS N° 491 de 2002 todos de este origen", debe decir: "dejar sin efecto los DS N° 537 de 1993, y sus modificaciones contenidas en los DS N° 84 de 1997 y por el DS N° 491 de 2002 todos de este origen, únicamente respecto de la Región del Biobío".
    II. Donde dice: "II Déjase sin efecto el DS N° 537, de 1993, modificado por los DS N°s. 84 de 1997 y 491 de 2002 todos del Ministerio de Defensa Nacional", debe decir: "Déjase sin efecto el DS N° 537 de 1993, modificado por los DS N°s. 84 de 1997y 491 de 2002 todos del Ministerio de Defensa Nacional, sólo respecto a lo referente a las Áreas Apropiadas para el Ejercicio de la Acuicultura de la Región del Biobío".