Artículo 1º: Rectifícase el decreto supremo Nº 49, de 2026, del Ministerio de Energía, en los siguientes términos:

    1.- Sustitúyase, en los considerandos Nº 2 y Nº 3, la expresión "tres tramos" por la expresión "cuatro tramos".
    2.- Reemplácese la tabla del artículo 7º por la que se señala a continuación: