APRUEBA PLAN MAESTRO DE EVACUACIÓN Y DRENAJE DE AGUAS LLUVIAS DE CASTRO, REGIÓN DE LOS LAGOS
Núm. 105.- Santiago, 10 de septiembre de 2025.
Vistos:
- Lo dispuesto en la ley Nº 19.525 y las facultades que me confiere el artículo 32 Nº 6 de la Constitución Política de la República de Chile.
Considerando:
- Que el estudio denominado "Plan Maestro de Evacuación y Drenaje de Aguas Lluvias de Castro - Región de Los Lagos", contratado por la Dirección de Obras Hidráulicas del Ministerio de Obras Públicas, fue aprobado mediante Ord. N°1800 de fecha 18 de octubre de 2018 y Ord. N°2081 de fecha 4 de diciembre de 2018.
- Que el presente decreto se refiere a la red primaria de sistemas de evacuación y drenaje de aguas lluvias de Castro, de la Región de Los Lagos.
- Que los Planes Maestros definen lo que constituye la red primaria de sistemas de evacuación y drenaje de aguas lluvias.
Decreto:
Artículo 1°.- Apruébese el Plan Maestro de Evacuación y Drenaje de Aguas Lluvias de Castro, Región de los Lagos, cuya área de estudio comprende el área urbanizada actual y las zonas de expansión urbana definidas en este Plan Maestro cuya área de estudio comprende la zona urbana actual y sus zonas de expansión, con una proyección hasta el año 2040 definida en este Plan Maestro.
Artículo 2°.- Defínase como red primaria del sistema de evacuación y drenaje de aguas lluvias de Castro lo que a continuación se señala: los cauces naturales receptores de aguas lluvias y sus obras de mejoramiento proyectadas, los cauces artificiales propuestos (fosos) y finalmente colectores existentes y proyectados (cuyos diámetros sean mayores o iguales a 500 mm o sección equivalente) que se encuentren indicados en los siguientes planos:

Y que se detalla a continuación:
1. RED PRIMARIA EXISTENTE
A) Cauces Naturales
Sistema Estero Cui - Cui
- E. Cui Cui (E. Cai Cai)
Sistema Estero La Chichería
- Estero La Chichería
Sistema Estero La Chacra
- Estero La Chacra
Sistema Estero Las Damas
- Estero Las Damas
Sistema Estero Samuel Ulloa
- Estero Samuel Ulloa
Sistema Estero Club Aéreo
- Estero Club Aéreo.
B) Colectores
Sistema Río La Chacra
- Colector Diputado Ignacio Prado
- Colector Profesor Carlos Peña
Sistema Estero La Chichería
- Colector Concejal Fernando Bórquez
- Colector Liborio Bórquez
- Colector Entre Pedro Montt y Ruta 5 Sur
Sistema Estero La Chacra
- Colector Inés de Bazán
- Colector Juan Hamilton y Galvarino Riveros Norte
Sistema Estero Las Damas
- Colector Galvarino Riveros 3
- Colector Luis Jiménez
Sistema Estero Samuel Ulloa
- Colector Diputado Félix Garay
- Colector San Martín Poniente
Sistema Estero Camilo Henríquez
- Colector Galvarino Riveros 1
Sistema Sector Centro
- Colector San Martín y Blanco Encalada
- Colector Serrano
- Colector Eleuterio Ramírez 1
Sistema Río Gamboa
- Colector Galvarino Riveros 4 / Celedonio Cárdenas
- Colector Ernesto Riquelme 1
- Colector Ernesto Riquelme 2
Sistema Estero Club Aéreo
- Colector Ubaldo Mansilla Barrientos 1
- Colector Ernesto Riquelme 3.
2. RED PRIMARIA PROYECTADA
A) Cauces Artificiales
Sistema Estero Cui - Cui
- Foso Llau - Llau
Sistema Estero La Chacra
- Foso Coihuinco 1 (FRLCH-1)
- Foso Coihuinco 2 (FRLCH-2)
Sistema Estero Camilo Henríquez
- Foso Socovesa 2 (FSOC-2)
Sistema Río Gamboa
- Foso Socovesa 1 (FSOC-1)
Sistema Estero Club Aéreo
- Foso Francisco Miranda Cárdenas (SCA-3).
B) Colectores
Sistema Estero Cui - Cui
- Colector Serviu 2
- Colector Serviu 3
- Colector Serviu 4
- Colector Camino a La Quinta (LLA-1)
Sistema Río La Chacra
- Colector Parque Municipal (SRLCH-1)
- Colector Camino Carpe Diem (SRLCH-3)
- Lateral Colector Camino Carpe Diem (Lat 1 SRLCH-3)
Sistema Estero La Chichería
- Colector Coihuinco (SLCHI-2)
- Colector Pablo Neruda (SLCHI-3)
- Lateral 1 Colector Pablo Neruda (SLCHI-3 L1)
Sistema Estero La Chacra
- Colector Alberto Yurac (SLCHA-1)
- Colector Recaredo Oberreuter Sur (SLCHA-3)
Sistema Estero Las Damas
- Colector Cardenal J.M. Caro (SLD-2)
- Colector Galvarino Riveros Norte (SLCHI-1)
- Colector Eugenio Quintuprai (SLD-3)
Sistema Estero Samuel Ulloa
- Colector Yumbel (SSU-2)
- Colector San Martín (SSU-4)
Sistema Sector Centro
- Colector Bernardo O'Higgins (SC-1)
Sistema Río Gamboa
- Colector Manuel Rodríguez (SRG-5)
- Colector Hospital de Castro (SRG-6)
- Colector Gabriel González Videla (SRG-2)
- Colector Francisco Gallardo (SRG-7)
- Colector Ernesto Novoa (SRG-8)
Sistema Estero Club Aéreo
- Colector Ubaldo Mancilla 3 (SCA-1)
- Colector Muñoz Gamero (SCA-4)
- Colector Manuel Ojeda (SCA-5)
- Lateral 2 Colector Manuel Ojeda (Lat 2 SCA-5)
- Lateral Ernesto Novoa a Colector existente Ubaldo Mancilla Barrientos
Sistema Estero Cunao (Río Nercon)
- Colector Profesor Víctor Gómez (SNER-1).
Artículo 3°.- La ubicación y dimensiones de las obras proyectadas en el estudio del Plan Maestro podrán ser modificados por la Dirección de Obras Hidráulicas, mediante estudios posteriores. Las modificaciones que se produzcan en la red primaria debido a los estudios mencionados, deberán ser aprobadas mediante resolución exenta emanada de la Dirección de Obras Hidráulicas. Una vez aprobadas las modificaciones se deberán adecuar los planos citados en el artículo 2° en lo que corresponda y deberán ser archivados en conformidad a lo dispuesto en el artículo 6° del presente decreto.
Artículo 4°.- En caso de proyectarse a futuro, dentro del área de estudio del Plan Maestro, desarrollos urbanos no considerados en el mismo, el desarrollador presentará el respectivo proyecto de evacuación y drenaje de aguas lluvias a la Dirección de Obras Hidráulicas, la que con estos antecedentes completará la definición de la red primaria, en base a los criterios previstos en el respectivo Plan Maestro, y dictará una resolución exenta adecuando, en lo que corresponda, los planos pertinentes, los que serán archivados en conformidad a lo dispuesto en el presente decreto.
Artículo 5°.- Para el buen funcionamiento de la red primaria y entendiendo el sistema de evacuación y drenaje de aguas lluvias como un sistema integral, el diseño de la red secundaria del sistema de evacuación y drenaje de aguas lluvias de Castro, deberá ser concordante con la planificación definida en el Plan Maestro, conforme a lo dispuesto en el artículo 12 letra g) del DL 1.305, de 1975, que reestructura y regionaliza el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, modificado posteriormente por la ley N°19.525 de 1997.
Cuando así lo justifiquen razones de carácter técnico, se podrán hacer modificaciones a la planificación de áreas aportantes definidas en el Plan Maestro, las que deberán ser aprobadas por resolución exenta emanada de la Dirección de Obras Hidráulicas. Una vez aprobadas las modificaciones se deberá adecuar el plano citado en el artículo 2° en lo que corresponda y deberá ser archivado en conformidad a lo dispuesto en el artículo 6° del presente decreto.
Artículo 6°.- Un ejemplar del documento denominado "Plan Maestro de Evacuación y Drenaje de Aguas Lluvias de Castro, Región de Los Lagos" quedará archivado en el Centro de Informaciones de la Dirección de Obras Hidráulicas del Ministerio de Obras Públicas para su consulta por terceros interesados en su estudio.
Anótese, tómese razón y publíquese.- GABRIEL BORIC FONT, Presidente de la República.- Jessica López Saffie, Ministra de Obras Públicas.- Carlos Montes Cisternas, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda Atte. a Ud., Danilo Núñez Izquierdo, Subsecretario de Obras Públicas.