APRUEBA PLAN MAESTRO DE EVACUACIÓN Y DRENAJE DE AGUAS LLUVIAS DE SAN FERNANDO, REGIÓN DEL LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O'HIGGINS
   
    Núm. 237.- Santiago, 28 de noviembre de 2023.

    Vistos:

    - Lo dispuesto en la ley Nº 19.525 y las facultades que me confiere el artículo 32 Nº 6 de la Constitución Política de la República de Chile, y

    Considerando:

    - Que el estudio denominado "Plan Maestro de Evacuación y Drenaje de Aguas Lluvias de San Fernando, Región del Libertador Bernardo O'Higgins", contratado por la Dirección de Obras Hidráulicas del Ministerio de Obras Públicas, fue aprobado mediante Ord. DPALL DOH. Nº 6423, de fecha 14 de diciembre de 2009.
    - Que los Planes Maestros definen lo que constituye la red primaria de sistemas de evacuación y drenaje de aguas lluvias.

    Decreto:

    Artículo 1º.- Apruébase el Plan Maestro de Evacuación y Drenaje de Aguas Lluvias de San Fernando, Región del Libertador Bernardo O'Higgins, cuya área de estudio comprende el desarrollo urbano y su proyección futura hasta el año 2030 definida en este Plan Maestro.

    Artículo 2º.- Defínase como red primaria del sistema de evacuación y drenaje de aguas lluvias de la ciudad de San Fernando, el estero Antivero y río Tinguiririca; los cauces naturales y artificiales, con sus mejoramientos, que drenan sus aguas lluvias hacia los cursos del río Tinguiririca y estero Antivero; los colectores de aguas lluvias existentes y proyectados (cuyos diámetros sean mayor o igual a 600 mm o sección equivalente; y la red unitaria que drena el sector del centro cívico de San Fernando, que se encuentran graficados en los siguientes planos:

   

    Y que se indican a continuación:

    Cauce Natural:

    . Estero Antivero
    . Río Tinguiririca

    Sistema Antivero:

    Colector Proyectado:

    . Colector Larraín
    . Colector 18 de Septiembre

    Colector Unitario Existente:

    . Colector Chacabuco-Valdivia

    Sistema Población:

    Mejoramiento de Canales Existentes:

    . Canal de Desagüe Antivero Norte

    Canales Abiertos o Entubados Existentes:

    . Canal de Drenaje Antivero Norte

    Colector Proyectado:

    . Colector Larraín
    . Colector Urrutia
    . Colector Nincunlauta
    . Colector Lautaro
    . Colector Centenario
    . Colector Montes
    . Colector Esmeralda

    Colector Unitario Existente:

    . Colector Camilo Henríquez Sevilla

    Colector Existente:

    . Colector Nincunlauta

    Sistema La Palma:

    Canales Abiertos o Entubados Existentes:

    . Canal La Palma

    Mejoramiento de Canales Existentes:

    . Canal de Desagüe hacia Río Tinguiririca Norte
    . Canal La Palma
    . Canal de Desagüe Antivero Norte

    Canal Proyectado:

    . Canal de Trasvase Ramada hacia canal La Palma

    Colector Proyectado:

    . Colector Larraín
    . Colector Urrutia
    . Colector Rodríguez-España
    . Colector Rodríguez
    . Colector El Quilo
    . Colector Yumbel-Lazo Norte
    . Colector El Roble
    . Colector Godoy-Amanecer
    . Colector Circunvalación Poniente
    . Colector Álamo-Poniente Norte
    . Colector El Álamo
    . Colector Álamo-Poniente Sur
    . Colector Godoy-Maipú
    . Colector El Álamo-Maipú
    . Colector Sepúlveda
    . Colector Jiménez-Carelmapu
    . Colector Jiménez-Argomedo
    . Colector Yumbel
    . Colector De La Fuente
    . Colector Champagnat

    Sistema Unitario:

    Colector Proyectado:

    . Colector 18 de Septiembre
    . Colector Valladolid
    . Colector Centenario
    . Colector Población
    . Colector Carrera-Llanos
    . Colector Carrera-Graciela
    . Colector Bontolluzzi
    . Colector Rodríguez-España
    . Colector Membrillar

    Colector Unitario Existente:

    . Colector Tres Montes-Juan Jiménez
    . Colector Chacabuco-Valdivia
    . Colector Quechereguas-Juan Jiménez
    . Colector Camilo Henríquez Sevilla

    Sistema Ramada:

    Canales Abiertos o Entubados Existentes:

    . Canal de Desagüe hacia Río Tinguiririca
    . Canal La Palma

    Mejoramiento de Canales Existentes:

    . Canal de Desagüe hacia Río Tinguiririca Norte

    Colector Proyectado:

    . Colector Moscoso
    . Colector Yumbel
    . Colector Yumbel-Jiménez
    . Colector Yumbel-Lazo Sur
    . Colector Yumbel-El Quilo
    . Colector Chacabuco-Yumbel
    . Colector El Quilo
    . Colector Rayada
    . Colector Los Palacios
    . Colector Jiménez-Las Violetas
    . Colector Carampangue
    . Colector Champagnat
    . Colector De La Fuente

    Sistema Tinguiririca:

    Canal Proyectado:

    . Canal Evacuador La Palma a Río Tinguiririca

    Colector Proyectado:

    . Colector Los Rulos
    . Colector San Pedro

    Artículo 3º.- La ubicación y dimensiones de las obras proyectadas en el estudio del Plan Maestro podrán ser modificados por la Dirección de Obras Hidráulicas, mediante estudios posteriores. Las modificaciones que se produzcan en la red primaria debido a los estudios mencionados, deberán ser aprobadas mediante resolución exenta emanada de la Dirección de Obras Hidráulicas. Una vez aprobadas las modificaciones se deberán adecuar los planos citados en el artículo 2º en lo que corresponda y deberán ser archivados en conformidad a lo dispuesto en el artículo 6º del presente decreto.

    Artículo 4º.- En caso de proyectarse a futuro, dentro del área de estudio del Plan Maestro, desarrollos urbanos no considerados en el mismo, el desarrollador presentará el respectivo proyecto de evacuación y drenaje de aguas lluvias a la Dirección de Obras Hidráulicas, la que con estos antecedentes completará la definición de la red primaria, en base a los criterios previstos en el respectivo Plan Maestro, y dictará una resolución exenta adecuando, en lo que corresponda, los planos pertinentes, los que serán archivados en conformidad a lo dispuesto en el presente decreto.

    Artículo 5º.- Para el buen funcionamiento de la red primaria y entendiendo el sistema de evacuación y drenaje de aguas lluvias como un sistema integral, el diseño de la red secundaria del sistema de evacuación y drenaje de aguas lluvias de la ciudad de San Fernando, deberá ser concordante con la planificación definida en el Plan Maestro, conforme a lo dispuesto en el artículo 12 letra g) del DL 1.305, de 1975, que reestructura y regionaliza el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, modificado posteriormente por la ley Nº 19.525 de 1997.
    Cuando así lo justifiquen razones de carácter técnico, se podrán hacer modificaciones a la planificación definida en el Plan Maestro, las que deberán ser aprobadas por resolución exenta emanada de la Dirección de Obras Hidráulicas. Una vez aprobadas las modificaciones se deberá adecuar el plano citado en el artículo 2º en lo que corresponda y deberá ser archivado en conformidad a lo dispuesto en el artículo 6º del presente decreto.

    Artículo 6º.- Un ejemplar del documento denominado "Plan Maestro de Evacuación y Drenaje de Aguas Lluvias de San Fernando, Región de O'Higgins" quedará archivado en el Centro de Informaciones de la Dirección de Obras Hidráulicas del Ministerio de Obras Públicas para su consulta por terceros interesados en su estudio.

    Anótese, tómese razón y publíquese.- GABRIEL BORIC FONT, Presidente de la República.- Jessica López Saffie, Ministra de Obras Públicas.- Carlos Montes Cisternas, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda Atte. a Ud., Danilo Núñez Izquierdo, Subsecretario de Obra Públicas.