PONE TÉRMINO Y ESTABLECE NUEVO ORDEN DE SUBROGANCIA AL CARGO DE JEFE DE DIVISIÓN DE ATENCIÓN PRIMARIA
   
    Núm. 33 exento.- Santiago, 13 de marzo de 2026.
   
    Visto:
   
    Lo dispuesto en el artículo 81 del DFL Nº 29 de 2004 del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo; DFL 1/19.653, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el DFL Nº 1 de 2005, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del DL Nº 2.763 de 1979 y de las leyes 18.933 y 18.469; decreto supremo Nº 136 de 2005, Reglamento Orgánico del Ministerio de Salud; en la ley Nº 19.880, que establece Bases de Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración Pública, en la resolución Nº 36 de 2024 de la Contraloría General de la República, y
   
    Considerando:
   
    1. Que, en el DFL Nº 4 de 2005, del Ministerio de Salud, se aprueba la Planta de la Subsecretaría de Redes Asistenciales, en la que se consideran dos cargos de Jefes de División, cargos que en su provisión y remoción son de la exclusiva confianza.
    2. Que, mediante el decreto Nº 136 de 2005 del Ministerio de Salud, que aprueba el Reglamento Orgánico del Ministerio de Salud, se establece que la Subsecretaría de Redes Asistenciales estará compuesta por las Divisiones de Gestión de la Red Asistencial; de Gestión y Desarrollo de las Personas; de Atención Primaria; de Presupuesto; y de Inversiones.
    3. Que, mediante la resolución exenta Nº 1.043, de 2024, y en sus posteriores modificaciones, se fijó la organización interna de la Subsecretaría de Redes Asistenciales, en la cual se establecen las funciones de las cinco divisiones dependientes.
    4. Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 3 de la ley Nº 18.575, la Administración del Estado está al servicio de la persona humana y su finalidad es promover el bien común, atendiendo las necesidades públicas en forma continua y permanente y fomentando el desarrollo del país a través del ejercicio de las atribuciones que le confiere la Constitución y la ley, y de la aprobación, ejecución y control de políticas, planes, programas y acciones de alcance nacional, regional y comunal.
    5. Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 del DFL Nº 29 de 2004 del Ministerio de Hacienda, la autoridad facultada para efectuar el nombramiento podrá determinar otro orden de subrogación, en los siguientes casos: a) En los cargos de exclusiva confianza, y b) Cuando no existan en la unidad funcionarios que reúnan los requisitos para desempeñar las labores correspondientes.
    6. Que, en virtud del principio de continuidad de la Función Pública y lo dictaminado por la Contraloría General de la República en diversos dictámenes, entre ellos, los Nº 15.983, de 1982; Nº 1.280, de 1988; Nº 72.519, de 2011; Nº 75.218, de 2010; y Nº 7.966, de 2017, la autoridad posee facultades para establecer y determinar el orden de subrogancia en los cargos de exclusiva confianza, que puede considerar a funcionarios de otras reparticiones o instituciones, siempre que ambas instituciones dependan o se relacionen con el mismo Ministerio.
    7. Que, atendida la ausencia de la jefatura titular de la División de Atención Primaria, se hace necesario establecer un orden de subrogancia que permita y asegure la adecuada continuidad de la función pública y la correcta gestión de la citada División, dicto el siguiente:
   
    Decreto:

   
    1.- Pónese término a contar del 11 de marzo de 2026 a la subrogancia del cargo de Jefe de la División de Atención Primaria.
    2.- Establécese que, a contar del 11 de marzo de 2026, la subrogancia del cargo de Jefe de la División de Atención Primaria en caso de ausencia o impedimento de su titular, recaerá en doña Paulina Alejandra Pinto Maturana, RUN Nº 13.556.529-6, funcionaria del Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente.
    3.- Dispóngase que, por razones impostergables de buen servicio, se hará efectiva esta subrogancia a contar de la fecha indicada sin esperar la total tramitación del presente acto administrativo, considerando la actual ausencia del titular del cargo.
   
    Anótese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, May Chomali Garib, Ministra de Salud.
    Transcribo para su conocimiento decreto exento N° 33, 13 de marzo de 2026.- Por orden de la Subsecretaría de Salud Pública.- Saluda atentamente a Ud., Yanara Bravo Montenegro, Jefa de la División Jurídica.