NOTIFICA RESOLUCIÓN Nº 20260600139/2026 EXENTA DE INICIO DE PROCESO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL "SISTEMA DE ALMACENAMIENTO DE ENERGÍA (SAE) Y TRANSMISIÓN AUCANQUILCHA"
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 94 del DS Nº 40/2012 y sus modificaciones posteriores, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante Reglamento del SEIA), se notifica que mediante la resolución exenta Nº 20260600139, de fecha 18 de marzo de 2026 de la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, se ha resuelto dar inicio a un proceso de participación ciudadana, por un plazo de 20 días hábiles, de acuerdo a lo establecido en el artículo 30 bis de la ley Nº 19.300 y sus modificaciones posteriores, en el marco del procedimiento de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental (en adelante "DIA") del "Sistema de Almacenamiento de Energía (SAE) y Transmisión Aucanquilcha" (en adelante, "el Proyecto"), presentada por don Guillermo Hernández Martínez, en representación legal de SAE Volcán Aucanquilcha SpA (en adelante, el "Proponente"), formalizada en el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante, "SEIA") 29 de octubre de 2025.
El Proyecto se ubicaría en la comuna de Marchigüe, perteneciente a la provincia de Cardenal Caro, Región de O'Higgins.
El Proyecto ingresó al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental por conformidad con lo dispuesto en el artículo 3º, literal b.1), sub-literal b.2) del Reglamento del SEIA, al corresponder a un proyecto nuevo que considera la instalación del sistema de almacenamiento de energía a través de baterías las cuales estarán almacenadas en contenedores.
Este abarcaría una superficie aproximada de 1,2 ha para el sistema de almacenamiento de energía y la infraestructura complementaria necesaria, que consiste en una Subestación Eléctrica Elevadora de 23/66 kV, una Línea de Transmisión Eléctrica (LTE) de simple circuito de 66 kV conformada por un tramo principal soterrado de 332,7 metros de longitud y un tramo aéreo de 24,0 metros en total, además de áreas de instalaciones de faenas (obras temporales) y obras permanentes para la operación del Proyecto, razón por la cual ingresa obligatoriamente al SEIA, mediante una DIA.
Cualquier persona natural o jurídica podrá realizar observaciones al proyecto según lo dispuesto en el artículo 95 del Reglamento del SEIA, el cual, señala que: "(...) las personas que intervengan tendrán los derechos y obligaciones establecidos en los artículos 90 y 91" (Derecho a formular observaciones), y, tendrá un plazo legal para efectuarlas, ante el Servicio de Evaluación Ambiental de 20 días hábiles (señalado en el artículo 94 inciso tercero del citado Reglamento del SEIA), contados a partir del día siguiente de la segunda publicación del presente extracto.
El texto íntegro de la resolución que resuelve iniciar un proceso de participación ciudadana puede ser conocido en la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental, ubicada en calle Campos Nº 241, piso 7, ciudad de Rancagua, o directamente en el siguiente link:
https://seia.sea.gob.cl/expediente/expedientesEvaluacion.php?modo=normal&id_expediente=2166755970
Yamal Suez Muñoz, Director Regional, Servicio de Evaluación Ambiental Región del Libertador General Bernardo O'Higgins.