Artículo único.- Modifícase el decreto N° 2, de 18 de enero de 2026, del Ministerio de Salud, que decreta Alerta Sanitaria y otorga facultades extraordinarias que señala, por emergencia provocada por incendios en las regiones de Ñuble, Biobío y La Araucanía, como se indica a continuación:

    1. Reemplázase, en la suma, la coma (,) que se encuentra entre las expresiones "Ñuble" y "Biobío"; por la conjunción "y".
    2. Elíminase, en la suma, la frase "y Araucanía.", a continuación de la expresión "Biobío".
    3. Reemplázase, en el artículo 1°, la coma (,) que se encuentra entre las expresiones "Ñuble" y "Biobío"; por la conjunción "y".
    4. Elimínase, en su artículo 1°, la expresión "y Araucanía", en la frase "Ñuble, Biobío y Araucanía".
    5. Reemplázase, en el artículo 10°, la frase "31 de marzo de 2026", por la frase "30 de septiembre de 2026".