Artículo 3.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el artículo 7° de la ley N° 19.979, que modifica el régimen de jornada escolar completa diurna y otros cuerpos legales:
a) Elimínase el vocablo "subvencionado".
b) Intercálase, entre el vocablo "padres" y la expresión "y apoderados", la palabra "madres", precedida de una coma.