Artículo 36. Todo vehículo deberáDFL. 3-2.345/79
Art. 4º presentar, además, en cada lugar de escala, los siguientes documentos:
Art. 4º presentar, además, en cada lugar de escala, los siguientes documentos:
1) Manifiesto de carga de laDFL. 1/97
Art. 43º mercancía consignada hacia o desde. dicho lugar
Art. 43º mercancía consignada hacia o desde. dicho lugar
2) Lista de pasajeros y tripulantes que hayan de desembarcar, embarcar o permanecer en tránsito en dichos lugares.
3) Guía de Correos con los efectos postales que hayan de ser entregados o recibidos por el Servicio de Correos.