1. Modifícase la resolución exenta N° 486 (V. y U.), de 2024, en el siguiente sentido:
1.1. Sustitúyase en el inciso final del resuelvo 1.1., la expresión "31 de marzo de 2026" por "30 de diciembre de 2026".
1.2. Incorpórase el siguiente inciso final pasando el actual inciso final a ser el inciso segundo:
"Las prórrogas o nuevos plazos de inicio otorgadas o pendientes de otorgar a proyectos cuyas entidades desarrolladoras presentaron su solicitud dentro del plazo indicado en el párrafo anterior, podrán extenderse u otorgarse según sea el caso, considerando el plazo máximo al 30 de diciembre de 2026.".