MODIFICA LA RESOLUCIÓN N° 150 EXENTA (V. Y U.) , DE 2025, QUE EFECTÚA LLAMADO A POSTULACIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES DEL PROGRAMA DE SUBSIDIO DE ARRIENDO DE VIVIENDA, REGULADO POR EL DS N° 52 (V. Y U.), DE 2013, Y COMPLEMENTA LA NÓMINA DE POSTULANTES SELECCIONADOS APROBADA POR LA RESOLUCIÓN N° 1.006 EXENTA (V. Y U.), DE 2025
   
    Santiago, 8 de abril de 2026.- Hoy se resolvió lo que sigue:
    Núm. 585 exenta.

    Visto:

    a) El DS N° 52 (V. y U.), de 2013, que regula el Programa de Subsidio de Arriendo de Vivienda;
    b) La resolución exenta N° 150 (V. y U.), de 2025, que llama a postulación en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios del Programa de Subsidio de Arriendo de Vivienda, regulado por el DS N° 52 (V. y U.), de 2013, y fija la cantidad de recursos que se destinarán al financiamiento de dichos subsidios;
    c) La resolución exenta N° 1.006 (V. y U.), de 2025, que aprueba nómina de postulantes seleccionados del llamado a postulación realizado mediante la resolución citada en el visto b);
    d) Las resoluciones exentas N° 1.655 y N° 1.352, de Arica y Parinacota; N° 1.595 y N° 1.596, de Coquimbo; N° 11.957, de Valparaíso; N° 5.939 y N° 4.989, de Maule; N° 3.303, de Biobío; N° 8.793, de La Araucanía; N° 3.849, de Los Ríos; N° 7.627, de Los Lagos y N° 3.430, de la Metropolitana, todas del año 2025, de los Servicios de Vivienda y Urbanización de las regiones indicadas, que acogen las apelaciones de postulantes al llamado indicado en el visto b), y

    Considerando:

    a) Que, mediante la resolución exenta N° 150 (V. y U.), de 2025, señalada en el visto b) de esta resolución, se llamó a postulación en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios del Programa de Subsidio de Arriendo de Vivienda, a partir del 1 y hasta el 30 de abril de 2025 y se fijó el monto total que se destinará al financiamiento del subsidio.
    b) Que, los artículos 26, 27 y 28, del DS N° 52, citado en el visto a), regulan la selección, la aprobación de la nómina de seleccionados por resolución y su publicación, respectivamente.
    c) Que, mediante la resolución exenta citada en el visto c) de esta resolución, se aprobó nómina de seleccionados en el proceso realizado conforme se señala en las normas citadas en el considerando b) precedente.
    d) Que, conforme a lo dispuesto en el artículo del 29 del DS N° 52 (V. y U.), de 2013, los postulantes al llamado que no resultaron seleccionados y que se consideraron perjudicados en el proceso de selección, presentaron apelación dentro del plazo estipulado.
    e) Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 30 del DS N° 52 (V. y U.), de 2013, los Serviu que emitieron las resoluciones mencionadas en el visto d) acogieron las apelaciones cuyos reclamos se fundaron en errores de hecho no imputables a los postulantes y se verificó que los puntajes de dichos reclamantes son superiores al puntaje de corte regional respectivo.
    f) Que, en la revisión de las resoluciones mencionadas en el visto d), se verificaron 11 errores de cálculo de puntaje y 4 no serán acogidas por no superar el puntaje de corte regional respectivo, según se indica en la siguiente nómina:


    g) Que los siguientes reclamantes deben ser incluidos en una nueva nómina de postulantes seleccionados, de acuerdo con la prelación que les corresponda, según lo que se indica en la siguiente tabla:


    h) La necesidad de incluir a lo apelantes cuyos reclamos fueron acogidos, en una nueva nómina de postulantes seleccionados de acuerdo con la prelación que les corresponda y de ajustar los recursos dispuestos en el llamado a que se convocó mediante la resolución exenta indicada en el visto b) precedente.
    i) Que, por todo lo señalado, corresponde complementar la nómina de seleccionados del llamado a que se convocó mediante la resolución exenta N° 150 (V. y U.), de 2025, indicada en el visto b) precedente, por lo que dicto la siguiente:

    Resolución:

    1. Modifícase la resolución exenta N° 150 (V. y U.), de 2025, en el sentido de sustituir en el resuelvo 9 el guarismo "1.849.732" por "1.853.868" y "9.839" por "9.861" y la tabla inserta por la siguiente:


    2. Apruébase la siguiente nómina complementaria de postulantes seleccionados al llamado nacional dispuesto en el resuelvo 1 de la resolución exenta N° 150, de este Ministerio, de 2025, del Programa de Subsidio de Arriendo de Vivienda regulado por el DS N° 52 (V. y U.), de 2013, y en particular según lo establecido en sus artículos 29 y 30, los que se individualizan a continuación:


    3. El monto de recursos comprometidos en la selección de los postulantes que por este acto se aprueba, del total destinado al financiamiento llamado nacional dispuesto en el resuelvo 1 de la resolución exenta N° 150, de este Ministerio, de 2025, del Programa de Subsidio de Arriendo de Vivienda regulado por el DS N° 52 (V. y U.), de 2013, es de 4.136 Unidades de Fomento, no quedando remanente de los recursos dispuestos en la resolución exenta antes indicada.

    Anótese, publíquese y archívese.- Iván Poduje Capdeville, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Natalia Aguilar Bravo, Subsecretaria de Vivienda y Urbanismo.