RENUEVA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA PARA LA LOCALIDAD DE MONTE PATRIA
Santiago, 28 de abril de 2026.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 317 exento.
Vistos:
a) El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que crea la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría;
b) La Ley Nº 18.168, de 1982, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley;
c) El decreto supremo Nº 126, de 1997, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprueba el Reglamento de Radiodifusión Sonora, y sus modificaciones;
d) El decreto supremo Nº 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones;
e) La resolución exenta Nº 36, de 1987, de la Subsecretaría, que fija Norma sobre Requisitos Básicos de las Estaciones de Radiodifusión Sonora;
f) La resolución exenta Nº 479, de 1999, de la Subsecretaría, que fija Norma Técnica para el Servicio de Radiodifusión Sonora, y sus modificaciones;
g) El decreto supremo Nº 619, de 2000, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorga la concesión, publicado en el Diario Oficial de 4 de enero de 2001, y su modificación;
h) La resolución exenta Nº 1.994, de 2024, rectificada por resolución exenta Nº 132, de 2025, ambas de la Subsecretaría, que aprueba las Bases del Concurso Público de Radiodifusión Sonora, correspondiente al Tercer Cuatrimestre de 2024, e
i) La resolución Nº 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
Considerando:
a) El llamado a concurso público, efectuado por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, para optar al otorgamiento de concesiones de radiodifusión sonora, correspondiente al Tercer Cuatrimestre de 2024, publicado en el Diario Oficial Nº 43.952, de 16 de septiembre de 2024;
b) Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº 153.482, de 3 de diciembre de 2024;
c) Lo informado por la Subsecretaría mediante memorándum Nº 193, de 6 de febrero de 2025;
d) La resolución exenta Nº 500, de 24 de febrero de 2026, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que asignó la concesión de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada, para la localidad de Monte Patria, Región de Coquimbo, a Arzobispado de La Serena;
e) Que no se dedujo reclamación en contra de la resolución exenta que asignó la concesión, y en uso de mis atribuciones,
Decreto:
1.- Renuévese por un periodo de 25 (veinticinco) años, contados desde la fecha de publicación en el Diario Oficial del presente decreto, la concesión de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada para la localidad de Monte Patria, Región de Coquimbo, otorgada mediante decreto supremo de la letra g) de los Vistos, a Arzobispado de La Serena, RUT Nº 81.779.300-2, con domicilio en Los Carrera Nº 450, comuna de La Serena, Región de Coquimbo, en adelante la concesionaria.
2.- Apruébense las especificaciones técnicas del proyecto técnico que sustentó la concesión original y sus modificación anterior al concurso, ratificadas por la concesionaria en su presentación al concurso. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría.
3.- Facúltese a la concesionaria para continuar operando y explotando la estación de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada, señal distintiva XQA-344, cuyos elementos de la esencia de la concesión, características técnicas y ubicación de las instalaciones de la radioemisora serán los que a continuación se indican:
ELEMENTOS DE LA ESENCIA DE LA CONCESIÓN
- Tipo de servicio : Radiodifusión Sonora en
Frecuencia Modulada.
- Zona de servicio : Localidad de Monte Patria,
Región de Coquimbo. Superficie
delimitada por una intensidad
de campo mayor o igual que
54 dB (µV/m), referida al
punto de emisión de la señal.
- Período de la concesión : 25 años.
- Potencia : 150 W.
- Frecuencia : 88,1 MHz.
- Dado que la asignataria es la actual concesionaria, no se especifican los plazos de inicio y término de construcción de las obras e inicio de servicio.
CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DE LAS INSTALACIONES
- Tipo de emisión : 180KF8EHF
- Desviación máxima : ±75 kHz
- Diagrama de Radiación : Direccional.
- Ganancia antena : 11 dBd de ganancia máxima
sin tilt y -2 dBd de ganancia
en el plano horizontal.
- Polarización : Vertical.
- Tipo de antenas : Yagi de 2 elementos.
- Tilt eléctrico : 14,19º bajo la horizontal.
- Nº Antenas : 4.
- Altura del centro de radiación : 25,95 m.
- Pérdidas en cables y conectores: 1,623 dB.
- Otras pérdidas : 0,002 dB.
- Diagrama de radiación horizontal de acuerdo a la siguiente tabla:

UBICACIÓN DE LAS INSTALACIONES
- Ubicación del Estudio Principal: Balmaceda S/N, Sector
Bellavista, comuna de
Monte Patria, Región de
Coquimbo.
- Coordenadas Geográficas : 30º 41' 30" Latitud Sur.
70º 57' 30" Longitud Oeste.
Datum PSAD56.
- Ubicación del Estudio
Alternativo : Cerro El Toro, comuna de
Andacollo, Región de Coquimbo.
- Coordenadas Geográficas : 30º 14' 52" Latitud Sur.
71º 08' 15" Longitud Oeste.
Datum PSAD56.
- Ubicación de la Planta : Sector Cerro Manchado,
Transmisora y Sistema comuna de Monte Patria,
Radiante Región de Coquimbo.
- Coordenadas Geográficas : 30º 43' 24" Latitud Sur.
70º 56' 35" Longitud Oeste.
Datum WGS 84.
CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DEL RADIOENLACE ESTUDIO PRINCIPAL - PLANTA TRANSMISORA
- Frecuencia : 302,8 MHz.
- Potencia : 10 W.
- Ganancia : 8 dBd.
- Polarización : Vertical.
- Tipo emisión : 180KF8EHF.
- Antena : Yagi de 5 elementos
- Coordenadas etapa transmisora : 30º 41' 30" Latitud Sur.
70º 57' 30" Longitud Oeste.
Datum: PSAD56.
- Coordenadas etapa receptora : 30º 43' 24" Latitud Sur.
70º 56' 35" Longitud Oeste.
Datum WGS84.
CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DEL RADIOENLACE ESTUDIO ALTERNATIVO - PLANTA TRANSMISORA
- Frecuencia : 304,9 MHz.
- Potencia : 10 W.
- Ganancia : 10 dBd.
- Polarización : Vertical.
- Tipo emisión : 180KF8EHF.
- Antena : Yagi de 7 elementos, abertura
lóbulo principal 45º.
- Coordenadas etapa transmisora : 30º 14' 52" Latitud Sur.
71º 08' 15" Longitud Oeste.
Datum PSAD56.
- Coordenadas etapa receptora : 30º 43' 24" Latitud Sur.
70º 56' 35" Longitud Oeste.
Datum WGS 84.
4.- El presente decreto de renovación deberá publicarse en el Diario Oficial dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde que la Subsecretaría le notifique a la concesionaria que el decreto fue totalmente tramitado por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Dicha notificación se efectuará desde la casilla notificacionsubtel@subtel.gob.cl o notificaciones.electronicas@subtel.gob.cl. La no publicación de éste dentro del plazo indicado producirá la extinción de la concesión por el solo ministerio de la ley.
5.- La concesionaria estará afecta al pago de derechos por la utilización del Espectro Radioeléctrico, a contar de la fecha en que se le notifique que el presente decreto se encuentra totalmente tramitado por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
6.- Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones de la ley, reglamentos, normas técnicas, y sus modificaciones, en lo que le sean aplicables.
Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Louis de Grange Concha, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Romina Garrido Iglesias, Subsecretaria de Telecomunicaciones.