RENUEVA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA PARA LA LOCALIDAD DE VICUÑA
Santiago, 28 de abril de 2026.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 325 exento.
Vistos:
a) El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que crea la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría;
b) La ley Nº 18.168, de 1982, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley;
c) El decreto supremo Nº 126, de 1997, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprueba el Reglamento de Radiodifusión Sonora, y sus modificaciones;
d) El decreto supremo Nº 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que faculta al Ministro de Transportes y Telecomunicaciones para firmar "Por orden de la Presidenta de la República";
e) El decreto supremo Nº 113, de 1999, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorga la concesión, publicado en el Diario Oficial de 9 de junio de 1999, transferida a la actual titular por decreto supremo Nº 722, de 1999, del mismo Ministerio, y sus modificaciones;
f) La resolución exenta Nº 36, de 1987, de la Subsecretaría, que fija Norma sobre Requisitos Básicos de las Estaciones de Radiodifusión Sonora;
g) La resolución exenta Nº 479, de 1999, de la Subsecretaría, que fija Norma Técnica para el Servicio de Radiodifusión Sonora, y sus modificaciones;
h) La resolución exenta Nº 1.403, de 2023, rectificada por resolución exenta Nº 1.722, de 2023, ambas de la Subsecretaría, que aprueba las Bases del Concurso Público de Radiodifusión Sonora, correspondiente al Segundo Cuatrimestre de 2023, e
i) La resolución Nº 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
Considerando:
a) El llamado a concurso público, efectuado por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones para optar al otorgamiento de concesiones de radiodifusión sonora, correspondiente al Segundo Cuatrimestre de 2023, publicado en el Diario Oficial Nº 43.551, de 15 de mayo de 2023;
b) Lo solicitado por la interesada, mediante ingreso Subtel Nº 116.922, de 3 de agosto de 2023, complementado por el desvirtúa reparos ingreso Subtel Nº 162.002, de 10 de noviembre de 2023;
c) Lo informado por la Subsecretaría, mediante memorándum Nº 449, de 27 de marzo de 2025, complementado por memorándum Nº 700, de 12 de mayo de 2025;
d) La resolución exenta Nº 2.268, de 20 de noviembre de 2025, rectificada por la resolución Nº 2.368, de 2 de diciembre de 2025, ambas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que asignó la concesión de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada, para la localidad de Vicuña, Región de Coquimbo, a Arzobispado de La Serena;
e) Que no se dedujo reclamación en contra de la resolución exenta que asignó la concesión, y en uso de mis atribuciones;
Decreto:
1.- Renuévese por un periodo de 25 (veinticinco) años, contados desde la fecha de publicación en el Diario Oficial del presente decreto, la concesión de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada para la localidad de Vicuña, Región de Coquimbo, otorgada mediante decreto supremo de la letra g) de los Vistos, a Arzobispado de La Serena, RUT Nº 81.779.300-2, con domicilio en Los Carrera Nº 450, comuna de La Serena, Región de Coquimbo, en adelante la concesionaria.
2.- Apruébense las especificaciones técnicas del proyecto técnico que sustentó la concesión original y sus modificaciones anteriores al concurso, ratificadas por la concesionaria en su presentación al concurso. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría.
3.- Facúltese a la concesionaria para continuar operando y explotando la estación de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada, señal distintiva XQA-291, cuyos elementos de la esencia de la concesión, características técnicas y ubicación de las instalaciones de la radioemisora serán los que a continuación se indican:
ELEMENTOS DE LA ESENCIA DE LA CONCESIÓN
- Tipo de servicio : Radiodifusión Sonora en
Frecuencia Modulada.
- Zona de servicio : Localidad de Vicuña,
Región de Coquimbo.
Superficie delimitada por
una intensidad de campo
mayor o igual que 54 dB
(µV/m), referida al
punto de emisión de la señal.
- Período de la concesión : 25 años.
- Potencia : 250 W.
- Frecuencia : 89,9 MHz.
- Dado que la asignataria es la actual concesionaria, no se especifican los plazos de inicio y término de construcción de las obras e inicio de servicio.
CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DE LAS INSTALACIONES
- Tipo de emisión : 180KF8EHF.
- Desviación máxima : +75 kHz.
- Diagrama de Radiación : Direccional.
- Ganancia antena : 7,7 dBd de ganancia máxima.
- Polarización : Vertical.
- Tipo de antenas : Dipolo de ½ longitud de onda,
con un azimut de radiación
máxima de 90º.
- Nº Antenas : 4.
- Altura del centro de radiación: 25,75 m.
- Pérdidas en cables y conectores: 0,72 dB.
- Otras pérdidas : 0,004 dB.
- Diagrama de radiación horizontal de acuerdo a la siguiente tabla:

UBICACIÓN DE LAS INSTALACIONES
- Ubicación del Estudio
Principal : Gabriela Mistral Nº 367,
comuna de Vicuña,
Región de Coquimbo.
Coordenadas Geográficas : 30º 01' 40" Latitud Sur.
70º 42' 35" Longitud Oeste.
Datum PSAD56.
- Ubicación del Estudio
Alternativo : Cerro El Toro, comuna
de Andacollo, Región
de Coquimbo.
Coordenadas Geográficas : 30º 14' 52" Latitud Sur.
71º 08' 15" Longitud Oeste.
Datum PSAD56.
- Ubicación de la Planta
Transmisora y Sistema
Radiante : Sector Hierro Viejo,
comuna de Vicuña,
Región de Coquimbo.
Coordenadas Geográficas : 30º 01' 52" Latitud Sur.
70º 42' 07" Longitud Oeste.
Datum PSAD56.
CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DEL RADIOENLACE ESTUDIO PRINCIPAL - PLANTA TRANSMISORA
- Frecuencia : 320,2 MHz.
- Potencia : 10 W.
- Ganancia : 8 dBd.
- Polarización : Horizontal.
- Tipo emisión : 180KF8EHF.
- Antena : Yagi de 5 elementos,
abertura lóbulo principal 60º.
Coordenadas etapa transmisora: 30º 01' 40" Latitud Sur.
70º 42' 35" Longitud Oeste.
Datum: PSAD56.
Coordenadas etapa receptora : 30º 01' 52" Latitud Sur.
70º 42' 07" Longitud Oeste.
Datum: PSAD56.
CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DEL RADIOENLACE ESTUDIO ALTERNATIVO - PLANTA TRANSMISORA
- Frecuencia : 304,9 MHz.
- Potencia : 10 W.
- Ganancia : 10 dBd.
- Polarización : Vertical.
- Tipo emisión : 180KF8EHF.
- Antena : Yagi de 7 elementos,
abertura lóbulo principal 45º.
Coordenadas etapa transmisora: 30º 14' 52" Latitud Sur.
71º 08' 15" Longitud Oeste.
Datum: PSAD56.
Coordenadas etapa receptora : 30º 01' 52" Latitud Sur.
70º 42' 07" Longitud Oeste.
Datum: PSAD56.
4.- El presente decreto de renovación deberá publicarse en el Diario Oficial dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde que la Subsecretaría le notifique a la concesionaria que el decreto fue totalmente tramitado por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Dicha notificación se efectuará desde la casilla notificacionsubtel@subtel.gob.cl. La no publicación de éste dentro del plazo indicado producirá la extinción de la concesión por el solo ministerio de la ley.
5.- La concesionaria estará afecta al pago de derechos por la utilización del Espectro Radioeléctrico, a contar de la fecha en que se le notifique que el presente decreto se encuentra totalmente tramitado por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
6.- Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones de la ley, reglamentos, normas técnicas y sus modificaciones, en lo que le sean aplicables.
Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Louis de Grange Concha, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Romina Garrido Iglesias, Subsecretaria de Telecomunicaciones.