PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS EN RUTA G-21 EN LOS TÉRMINOS QUE INDICA
Núm. 2.902 exenta.- Santiago, 28 de mayo de 2026.
Visto:
Lo dispuesto en la ley N° 18.059; los artículos 107, 112 y 113 del DFL N° 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito; resoluciones N° 39, de 1992, y 59, de 1985, ambas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; ordinario alcaldicio N° 0010/2026, de 9 de enero de 2026, de alcalde Municipalidad de Lo Barnechea; ingresado con N° E68439, de fecha 22 de abril de 2026; oficio N° 84, de 26 de mayo de 2026, de Director Regional de Senapred; Ord. N° 141, de 25 de mayo de 2026, de la Secretaría Regional Ministerial de Obras Públicas Región Metropolitana, de 25 de mayo de 2026; resolución N° 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, y la demás normativa vigente que resulte aplicable.
Considerando:
1.- Que, mediante oficio alcaldicio N° 0010/2026, de 9 de enero de 2026, de la Municipalidad de Lo Barnechea, remitido a oficina de partes virtual con N° E68439, de fecha 22 de abril de 2026, se presentó propuesta municipal sobre diversas regulaciones en relación a condiciones de tránsito a aplicar en la Ruta G-21, durante la temporada invernal, tales como, horarios de subida y bajada, prohibiciones de circular, uso de cadenas, entre otras materias, todo ello con la finalidad de que esta autoridad regional dicte el acto administrativo que corresponda.
2.- Que, esta Secretaría Regional consultó sobre el particular a la Secretaría Regional Ministerial de Obras Públicas de la Región Metropolitana, mediante oficio 12945, de 28 de abril de 2026 y, a la Dirección Regional del Servicio Nacional de Prevención y Respuesta ante Desastres (Senapred), mediante oficio 12946, de la misma fecha.
3.- Que, mediante oficio N° 84, de 26 de mayo de 2026, del Director Regional de Senapred, se expresa que se considera recomendable el porte obligatorio de cadenas de manera preventiva, no solo cuando exista una Alerta Temprana Preventiva, sino ante cualquier pronóstico de condiciones meteorológicas adversas, atendida la variabilidad de las condiciones de la zona cordillerana.
4.- Que, mediante Ord. 141, de 25 de mayo de 2026, de la Secretaría Regional de Obras Públicas de la Región Metropolitana, se detallan algunas observaciones al documento municipal en consulta.
5.- Que, resulta necesario establecer en coordinación con el municipio de Lo Barnechea una adecuada regulación de tránsito que aborde de manera integral la afluencia de turistas hacia los diversos centros de montaña, como Farellones, La Parva, El Colorado y Valle Nevado, atendido que esta ruta se encuentra expuesta a eventos meteorológicos de alto impacto durante la época invernal. Además, la configuración de esta ruta de aproximadamente 46,7 km de extensión, con más de 60 curvas, pendientes significativas y un ancho de calzada de hasta 7 metros, genera episodios de congestión y condiciones de riesgo a la seguridad vial que deben ser abordados.
6.- Que, en consecuencia, existe una causa justificada en los términos del artículo 113, del DFL N° 1, de 2007, de los ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justifica, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito, para disponer las medidas que se establecen en la parte resolutiva del presente acto administrativo.
Resuelvo:
1. Prohíbase la circulación de todo tipo de vehículos motorizados en Ruta G-21 "Camino de Acceso a Farellones", entre Control de Carabineros de Chile La Ermita y sector Curva 32, en los períodos, días, sentidos de tránsito (subida y bajada) y horarios que se indican a continuación:
1) Periodo 1 de junio al 18 de junio de 2026

2) Periodo entre 19 de junio al 6 de julio de 2026

3) Periodo entre el 7 de julio al Resolución 5519 EXENTA,
TRANSPORTES
Nº 1 a)
D.O. 25.09.202620 de septiembre de 2026
TRANSPORTES
Nº 1 a)
D.O. 25.09.202620 de septiembre de 2026
2. Podrán circular, excepcionalmente, en los períodos, horarios y sentidos señalados en las prohibiciones anteriores, los vehículos de emergencia, de inspección fiscal y de las Direcciones del Ministerio de Obras Públicas, aquellos de empresas con contrato vigente con dicho Ministerio, que deban cumplir funciones en las rutas antes señaladas; los correspondientes a la Municipalidad de Lo Barnechea, de la División de Fiscalización de Transportes de la Subsecretaría de Transportes y, de residentes que se encuentren debidamente autorizados por la Municipalidad de Lo Barnechea mediante un distintivo especial.
3. Resolución 5519 EXENTA,
TRANSPORTES
Nº 1 b)
D.O. 25.09.2026Prohíbase desde el 21 de septiembre de 2026 y hasta el 31 de octubre de 2026, la circulación de buses y minibuses en Ruta G-21, desde control de Carabineros, Sector La Ermita, hasta la Ruta G-251 ‘Farellones Valle Nevado'. Se exceptúan de dicha prohibición:
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Nº 1 b)
D.O. 25.09.2026Prohíbase desde el 21 de septiembre de 2026 y hasta el 31 de octubre de 2026, la circulación de buses y minibuses en Ruta G-21, desde control de Carabineros, Sector La Ermita, hasta la Ruta G-251 ‘Farellones Valle Nevado'. Se exceptúan de dicha prohibición:
a) Los vehículos de largo igual o inferior a 10 metros, los que podrán circular por la Ruta G-21, hacia o desde los centros invernales.
b) Los vehículos de transporte de personal que se dirijan a la Ruta G-245 'Corral Quemado La Disputada'.
4. Resolución 5519 EXENTA,
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Nº 1 c)
D.O. 25.09.2026Establécese hasta el 31 de octubre de 2026 como obligatorio el porte de cadenas para toda clase de vehículos motorizados que transiten por la Ruta G-21, cuando el Servicio Nacional de Prevención y Respuesta ante Desastres (Senapred) declare Alerta Temprana Preventiva o bien, cuando exista algún pronóstico de condiciones meteorológicas adversas, lo que en este último caso determinará de manera preventiva Carabineros de Chile y/o la Municipalidad de Lo Barnechea. En los señalados casos Carabineros de Chile, previa coordinación con la Municipalidad de Lo Barnechea, determinará el o los puntos en que deba verificarse su instalación.
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Nº 1 c)
D.O. 25.09.2026Establécese hasta el 31 de octubre de 2026 como obligatorio el porte de cadenas para toda clase de vehículos motorizados que transiten por la Ruta G-21, cuando el Servicio Nacional de Prevención y Respuesta ante Desastres (Senapred) declare Alerta Temprana Preventiva o bien, cuando exista algún pronóstico de condiciones meteorológicas adversas, lo que en este último caso determinará de manera preventiva Carabineros de Chile y/o la Municipalidad de Lo Barnechea. En los señalados casos Carabineros de Chile, previa coordinación con la Municipalidad de Lo Barnechea, determinará el o los puntos en que deba verificarse su instalación.
5. Corresponderá a la Dirección Regional de Vialidad la instalación y mantención de la señalización de tránsito correspondiente.
6. Carabineros de Chile podrá disponer en cualquier momento la ampliación o disminución de los horarios y/o extensión de cada una de las prohibiciones y obligaciones establecidas en el presente acto, en caso que las condiciones de tránsito y meteorológicas así lo hagan necesario.
De Resolución 4295 EXENTA,
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N° 1 c)
D.O. 25.07.2026esta forma y, a modo ejemplar podrá, entre otras medidas, modificar los horarios de subida y bajada de los centros invernales, prohibir la circulación de todo tipo de vehículos o bien, conforme ancho de faja disponible, disponer que cierto tipo de vehículos, según su largo, no puedan circular en ciertos horarios y/o en todo o parte de la Ruta G-21.
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N° 1 c)
D.O. 25.07.2026esta forma y, a modo ejemplar podrá, entre otras medidas, modificar los horarios de subida y bajada de los centros invernales, prohibir la circulación de todo tipo de vehículos o bien, conforme ancho de faja disponible, disponer que cierto tipo de vehículos, según su largo, no puedan circular en ciertos horarios y/o en todo o parte de la Ruta G-21.
7. La presente resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial.
Anótese y publíquese.- Gonzalo Rodrigo Cuevas Bown, Secretario Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones Región Metropolitana.
