1. Modifícase la resolución N° 4.412, de 2013, de este servicio, que establece requisitos fitosanitarios para el ingreso de naves provenientes de áreas con presencia de Polilla esponjosa Lymantria dispar japonica Vnukovskij y Lymantria dispar japonica (Motschulsky) (Lepidoptera: Lymantriidae) en los términos siguientes:

    1.1 Agréguese al resuelvo 3 el siguiente párrafo:

    "Los inspectores del Servicio Agrícola y Ganadero podrán considerar como válido un Certificado Fitosanitario Oficial u otro Certificado emitido bajo el control o autorización de la Autoridad Fitosanitaria de la Federación Rusa, Corea del Sur, China o Japón, resultantes de inspecciones realizadas por inspectores de las mismas en una fecha posterior al período de vuelo, en un puerto localizado en el área con presencia de la polilla esponjosa o excepcionalmente en puertos de terceros países distintos a Chile, pudiendo el SAG en este caso requerir de las autoridades antes señaladas la debida justificación o respaldo técnico.".

    1.2 Reemplácese el resuelvo 6 por el siguiente:

    "Toda nave de transporte marítimo que arribe al país deberá proporcionar al SAG copia de la bitácora o lista de puertos, en el que se indique los puertos y fechas donde la nave ha permanecido durante los últimos 24 meses previos al arribo al primer puerto nacional. La copia de este documento deberá ser proporcionada por el representante de la nave con 24 horas de anticipación como mínimo antes del arribo de la nave a puerto chileno. Este periodo de 24 meses podrá ser menor si la nave es nueva y presenta menos de 24 meses de navegación o ha habido cambio de armador.".

    2. Deróguese la resolución N° 3.724, de 2019, que modifica resolución N° 4.412, de 2013, que establece requisitos fitosanitarios para el ingreso de naves provenientes de áreas con presencia de Polilla esponjosa Lymantria dispar asiatica Vnukovskij y Lymantria dispar japonica (Motschulsky) (Lepidoptera, Lymantriidae).
    3. Deróguese la resolución N° 4.032, de 2026, que modifica resolución N° 4.412, de 2013, que establece requisitos para el ingreso de naves procedentes de áreas con presencia de especies de Polilla esponjosa Lymantria dispar asiatica Vnukovskij y Lymantria dispar japonica (Motschulsky) (Lepidoptera, Erebidae).