1°. Modifícase el decreto exento Nº 50, de 2021, del Ministerio de Salud, que "Dispone Vacunación Obligatoria Contra Enfermedades Inmunoprevenibles de la Población del País", en el sentido que se indica a continuación:

    A. En el numeral 15 "Infección por Virus Papiloma Humano", reemplázase solo respecto del "Esquema de Inmunización", de la población objetivo "Personas víctimas de violencia sexual (según normativa)", de la siguiente manera:


    2°. En todo lo no modificado por el presente decreto, se entienden vigentes las disposiciones del decreto exento Nº 50, de 2021, del Ministerio de Salud, que "Dispone Vacunación Obligatoria contra Enfermedades Inmunoprevenibles de la Población del País".
    3°. Una copia del presente decreto se mantendrá en el Departamento de Inmunizaciones de la División de Control y Prevención de Enfermedades de la Subsecretaría de Salud Pública, entidad que a su vez deberá velar por su oportuna publicación en la página web del Ministerio de Salud, www.minsal.cl, para su adecuado conocimiento y difusión, debiendo además asegurar que las copias y reproducciones que se emitan guarden estricta concordancia con el texto original aprobado.
    4°. El presente decreto comenzará a regir desde su publicación en el Diario Oficial.