Artículo 40.- El Departamento Jurídico, dependiente de la División de Patrimonio Cultural, tiene por misión velar por el cumplimiento y la aplicación de las disposiciones legales y reglamentarias en los procesos relativos a la Subsecretaría del Patrimonio. Para estos efectos, le corresponderán, entre otras, las siguientes funciones:
a) Fiscalizar el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias.
b) Asesorar, informar y pronunciarse sobre los asuntos legales que le encomiende el Subsecretario y resolver las consultas que le formulen desde la División y las áreas de soporte de la Subsecretaría.
c) Proporcionar antecedentes y colaborar con el Consejo de Defensa del Estado en los juicios relacionados con la Subsecretaría, cuando corresponda.
d) Coordinar, elaborar y monitorear las respuestas con motivo de requerimientos de acceso de información pública, así como procesar los amparos y otros requerimientos del Consejo para la Transparencia dirigidos a la Subsecretaría, conforme a la ley N° 20.285.
e) Actualizar mensualmente y mantener a disposición de la ciudadanía a través de su sitio web los antecedentes señalados en el artículo 7° de la ley N° 20.285.
f) Velar por la legalidad de los procedimientos disciplinarios ordenados por el Subsecretario en ejercicio de la potestad disciplinaria.
g) Las demás funciones que, dentro del ámbito de su competencia, sean definidas e instruidas por la jefatura de División.
La Sección de Transparencia dependerá del Departamento Jurídico y tendrá por misión velar por el cumplimiento de las tareas en materia de transparencia y llevar adelante los procesos para dar cumplimiento a la normativa de transformación digital del Estado.