APRUEBA PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN DE ENTIDADES ESTRATÉGICAS PARA LA COLABORACIÓN CON BENEFICIARIOS DEL COMITÉ INNOVACHILE, EN ACTIVIDADES DE VINCULACIÓN, DIFUSIÓN Y MEJORAMIENTO DE LAS CONDICIONES PARA SU DESARROLLO, CONSOLIDACIÓN Y ESCALAMIENTO, CON ÉNFASIS EN EMPRESAS DE BASE CIENTÍFICO-TECNOLÓGICA Y PyMEs INNOVADORAS
Núm. 270 exenta.- Santiago, 2 de octubre de 2026.
Visto:
La ley N° 6.640, que crea la Corporación de Fomento de la Producción; el decreto con fuerza de ley N° 211, de 1960, del Ministerio de Hacienda, que fija normas que regirán a la Corporación de Fomento de la Producción; el decreto supremo N° 360, de 1945, del Ministerio de Economía y Comercio, que aprueba el Reglamento de la Corporación; la resolución afecta Nº 71, de 2019, modificada por las resoluciones afectas N° 32, de 2020, N° 6 y N° 61, ambas de 2023, por la resolución electrónica exenta N° 527, y por la resolución electrónica exenta N° 1.065, ambas de 2026, todas de Corfo, que aprueban normas por las que deberá regirse el Comité InnovaChile, o "Reglamento"; la ley N° 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; el artículo 9 del DFL N° 1-19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la resolución afecta TRA N° 58/14/2023, de Corfo, que nombra en el cargo de Gerente de la Corporación; la resolución exenta RA N° 58/112/2025, que encomienda a Jocelyn Cynthia Olivarí Narea, en virtud de su cargo de Gerente de la Corporación, para ejercer funciones directivas de Directora Ejecutiva del Comité InnovaChile; la resolución exenta RA N° 889/13/2025, de Corfo, que establece orden de subrogación del Director Ejecutivo del Comité InnovaChile; y la resolución N° 36, de 2024, modificada y complementada por la resolución N° 8, de 2025, y por resoluciones N° 3, N° 13 y N° 14, todas de 2026, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
Considerando:
1. Que, el Comité InnovaChile de Corfo, busca fomentar la investigación, desarrollo e innovación (I+D+i) empresarial y potenciar el ecosistema de innovación a nivel nacional y regional, para impulsar la productividad y/o la competitividad.
2. Que, la evidencia nacional e internacional demuestra que la efectividad de los instrumentos de fomento a la innovación no depende exclusivamente del acceso a subsidios o financiamiento público, sino también de la articulación temprana y progresiva con actores estratégicos del ecosistema, tales como entidades bancarias, instituciones financieras, plataformas tecnológicas, proveedores de soluciones digitales, redes de inversión, organizaciones gremiales, centros de innovación, universidades, incubadoras, aceleradoras y otros aliados estratégicos, cuya participación incide directamente en variables críticas para el desarrollo de los proyectos apoyados.
3. Que, en este contexto, el otorgamiento de beneficios complementarios asociados al acceso preferente o facilitado a servicios financieros, plataformas tecnológicas, herramientas digitales, soluciones especializadas, redes de contacto, actividades de vinculación y difusión, tales como eventos, talleres, webinars, espacios físicos y otros instrumentos habilitantes, constituye un componente estratégico del apoyo entregado por InnovaChile, en tanto dichos beneficios inciden directamente en la generación de condiciones que facilitan el desarrollo de los proyectos de los beneficiarios y contribuyen al fortalecimiento del ecosistema de innovación.
4. Que, la incorporación de Entidades Estratégicas como colaboradoras del Comité InnovaChile debe concebirse como un mecanismo funcional al cumplimiento de los objetivos de los programas de fomento, manteniendo una relación directa, objetiva y verificable con dichos objetivos, resguardando su pertinencia técnica, proporcionalidad, transparencia y contribución efectiva al impacto económico y productivo esperado, en coherencia con los principios de probidad administrativa, igualdad ante la ley, libre concurrencia, eficiencia y finalidad pública.
5. Que, observándose los principios de libre concurrencia de los postulantes y de igualdad que rigen los procedimientos administrativos, se requiere establecer un procedimiento adecuado y transparente para seleccionar a aquellas entidades que colaborarán con el Comité InnovaChile.
Resuelvo:
1°. Apruébase el Procedimiento de selección de Entidades Estratégicas para la colaboración con beneficiarios del Comité InnovaChile, en actividades de vinculación, difusión y mejoramiento de las condiciones para su desarrollo, consolidación y escalamiento, con énfasis en Empresas de Base Científico-Tecnológica (EBCT) y PyMEs Innovadoras:
"PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN DE ENTIDADES ESTRATÉGICAS PARA LA COLABORACIÓN CON BENEFICIARIOS DEL COMITÉ INNOVACHILE"
1. ANTECEDENTES
El Comité InnovaChile se creó el año 2005 como un Comité dependiente de la Corporación de Fomento de la Producción (Corfo), y opera bajo la personalidad jurídica de ésta. En sus orígenes, InnovaChile nació de la fusión del Fondo de Desarrollo Tecnológico (Fontec) y el Fondo de Desarrollo e Innovación (FDI). El Comité opera con el objetivo de ser el brazo principal de la institución en materia de promoción de la innovación tecnológica empresarial.
Actualmente, el Comité InnovaChile tiene las siguientes funciones:
a) Promover la cultura de la innovación productiva o empresarial en el país, ya sea financiando acciones, realizando o apoyando estudios, programas o proyectos, en alianza con entidades públicas y privadas, nacionales y extranjeras.
b) Cofinanciar iniciativas y/o proyectos que ayuden a generar innovación productiva o empresarial, orientados a la generación, validación y/o adopción de nuevas soluciones, tecnologías, procesos, productos y servicios, que contribuyan al aumento de la productividad, la competitividad y la diversificación productiva del país.
c) Cofinanciar la ejecución de iniciativas destinadas al desarrollo y fortalecimiento de capacidades para conducir I+D+i en el sector empresarial, que contemplen actividades habilitantes como la incorporación de capital humano especializado, la difusión y absorción tecnológica, y la incorporación de nuevas metodologías de gestión de innovación, entre otras.
d) Fomentar la inversión en investigación y desarrollo (I+D) empresarial como un medio para promover la innovación y dinamizar el sector productivo.
e) Promover la llegada a mercado, nacional e internacional, de las iniciativas apoyadas, buscando incrementar el impacto económico y productivo de la innovación desarrollada en Chile.
f) Colaborar en la generación y fortalecimiento de redes, entre personas e instituciones públicas o privadas, chilenas o extranjeras, con el fin de generar mejores condiciones para el desarrollo de la innovación productiva o empresarial en el país.
g) Generar y promover instancias de articulación y colaboración entre empresas y actores del ecosistema de innovación, y de visibilización de casos destacados de innovación y su impacto.
La estrategia de intervención a través de subsidios del Comité InnovaChile se organiza según las necesidades y barreras que enfrentan las empresas a lo largo del proceso de innovación, que se caracteriza por no ser lineal y que requiere de tiempo para generar los resultados e impactos esperados. Es por esto que los instrumentos de apoyo se organizan en lo que se ha denominado como una "Ruta de la Innovación", en función del estado de madurez de la innovación y de las necesidades y dificultades que enfrentan las empresas.

CERTIFICACIÓN LEY I+D
Las fases de la "Ruta de la Innovación" y los instrumentos asociados a cada una de ellas son complementarios y reflejan el recorrido que realizan las empresas a lo largo de su proceso de innovación. En función de su nivel de desarrollo y madurez, las empresas encontrarán en el Comité InnovaChile el instrumento más adecuado para abordar sus necesidades específicas y apoyar su avance hacia las siguientes fases de la ruta.
Entre 2022 y 2025, InnovaChile adjudicó 1.736 proyectos, beneficiando a casi 3.600 empresas a lo largo de todo Chile. En cuanto a los proyectos que impulsan el desarrollo de innovación con componente de I+D (Crea y Valida e Innova Alta Tecnología), estos principalmente se vincularon con los sectores de Minería, Salud y Agrícola (42%). Casi un 60% de ellos se ejecutan en regiones distintas a la Metropolitana de Santiago. En tanto, en aquellos proyectos vinculados al fortalecimiento de capacidades (Programa de Absorción Tecnológica para la Innovación, Gestión de Innovación en PyMEs y Capital Humano para la Innovación), más de 2.700 empresas fueron beneficiadas, estando un 95% de ellas fuera de la Región Metropolitana de Santiago, y correspondiendo un 60% a PyMEs.
Adicionalmente, la ley N° 20.241 complementa la Ruta de la Innovación como un mecanismo transversal de incentivo a la inversión privada en actividades de investigación y desarrollo (I+D). Mediante la certificación de proyectos y contratos de I+D, las empresas pueden acceder a los beneficios tributarios contemplados en dicha norma, fortaleciendo sus capacidades para desarrollar y escalar procesos de innovación.
En este contexto, y con la finalidad de fortalecer el apoyo a la investigación, desarrollo e innovación (I+D+i) empresarial y potenciar el ecosistema de innovación a nivel nacional y regional, es que se ha estimado necesario habilitar mecanismos de colaboración con Entidades Estratégicas que permitan complementar dicho apoyo, en coordinación con InnovaChile, mediante actividades de vinculación, difusión, acceso a herramientas, conexión empresarial y articulación con actores relevantes para el desarrollo, consolidación y escalamiento de los beneficiarios del Comité InnovaChile, con especial énfasis en las EBCT y PyMEs Innovadoras.
En mérito de lo señalado, a través del procedimiento que se describe a continuación, las entidades que sean seleccionadas podrán colaborar con InnovaChile para realizar actividades de vinculación, difusión, conexión empresarial y mejoramiento de las condiciones para los beneficiarios de InnovaChile, con el objetivo de potenciar y mejorar el apoyo que se les entrega y, de esta forma, contribuir al fortalecimiento del ecosistema de innovación.
2. OBJETIVO Y DEFINICIONES
2.1. OBJETIVO
El objetivo de este procedimiento es regular la selección de aquellas Entidades Estratégicas que colaborarán con InnovaChile en la realización de actividades de vinculación, difusión, conexión empresarial y mejoramiento de las condiciones para los beneficiarios de InnovaChile, con el fin de fortalecer sus capacidades, facilitar su acceso a redes, servicios y herramientas relevantes, y generar mecanismos e instancias que contribuyan a la validación comercial, el acceso a mercados y la vinculación con fuentes privadas de financiamiento, contribuyendo a la sostenibilidad empresarial y al fortalecimiento del ecosistema de innovación a nivel regional y nacional.
2.2. DEFINICIONES
Para efectos de este procedimiento, se entenderá por:
. Entidades Estratégicas: las personas jurídicas que, cumpliendo con el requisito establecido en el numeral 4.1, sean seleccionadas conforme al presente procedimiento para colaborar con InnovaChile en actividades de vinculación, difusión, conexión empresarial y mejoramiento de las condiciones de los beneficiarios.
. Beneficiarios:
a) Las personas naturales o jurídicas a las que se les haya adjudicado, o que estén ejecutando o hayan ejecutado, un proyecto cofinanciado a través de los instrumentos de financiamiento de InnovaChile; y
b) Los contribuyentes cuyos proyectos o contratos de I+D hayan sido certificados conforme a la ley N° 20.241.
. Empresas de Base Científico-Tecnológica (EBCT): los beneficiarios cuya propuesta de valor se basa en conocimiento con potencial innovador, generado a partir de actividades de investigación y desarrollo llevadas a cabo al interior de instituciones académicas o científico-tecnológicas, o de empresas, o en vinculación entre ellas.
. PyMEs Innovadoras: los beneficiarios de la letra a) de la segunda viñeta del presente numeral, que sean pequeñas o medianas empresas(1).
La referencia a EBCT y PyMEs Innovadoras tiene por objeto orientar el foco y contenido de las propuestas de colaboración, y no constituye un requisito ni una restricción para participar en los eventos y actividades que se realicen en el marco del presente procedimiento. Con todo, el grado en que la propuesta se oriente a dichas empresas será considerado en su evaluación, conforme al numeral 4.5.
3. TIPOS DE ENTIDADES ESTRATÉGICAS
Con la finalidad de potenciar y fortalecer el apoyo a los beneficiarios del Comité InnovaChile, mejorar sus posibilidades de desarrollo y crecimiento, y contribuir al fortalecimiento del ecosistema de innovación a nivel nacional y regional, se consideran las siguientes categorías de Entidades Estratégicas:
3.1. Entidades estratégicas para evento(s) de ecosistema de innovación:
Corresponde a una o más entidades, que buscan colaborar con InnovaChile y aportar al fortalecimiento del ecosistema de innovación regional y/o nacional, mediante el apoyo, organización, facilitación o desarrollo de eventos, encuentros, charlas, seminarios, espacios de networking u otras instancias de carácter presencial, digital o híbrido, orientadas a potenciar y fortalecer la articulación entre actores del ecosistema de innovación.
Las actividades contempladas en esta categoría deberán estar orientadas a socializar avances, desafíos, aprendizajes u oportunidades vinculadas a los principales ejes estratégicos institucionales de InnovaChile, así como a generar espacios de encuentro, difusión, articulación y vinculación entre beneficiarios de InnovaChile, instituciones públicas o privadas, empresas tractoras, corporativos, academia, inversionistas, entidades de apoyo, empresas y otros actores relevantes del ecosistema.
Dichas actividades podrán ser de distinta escala, con una convocatoria estimada de hasta 500 asistentes, según su objetivo, formato, alcance territorial o regional, público convocado y condiciones propuestas por la entidad estratégica. Podrán realizarse en modalidad presencial, digital o híbrida, incluyendo, cuando corresponda, transmisión en línea a través de plataformas digitales u otros medios equivalentes.
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(1) Como referencia, se consideran pequeñas y medianas empresas aquellas con ingresos anuales por ventas y servicios superiores a 2.400 UF y de hasta 100.000 UF.
Para estos efectos, la colaboración de la entidad estratégica podrá considerar, entre otros, la disposición de espacios físicos o digitales; apoyo logístico; soporte técnico; producción técnica; infraestructura; mobiliario; equipamiento audiovisual; iluminación; amplificación y sonido; conectividad; plataformas de inscripción, acreditación o transmisión; servicios de alimentación; señalética; registro fotográfico o audiovisual; difusión; convocatoria; gestión de invitados, expositores, panelistas o moderadores; apoyo en la preparación de contenidos; servicios de seguridad, orientación, accesibilidad o atención de asistentes; sistematización de la actividad; u otros aportes necesarios para el adecuado diseño, organización, ejecución y cierre de la actividad, en la medida que sean asumidos por la entidad estratégica en el marco de su propuesta de colaboración.
3.2. Entidades estratégicas para evento(s) de vinculación del portafolio de beneficiarios del Comité InnovaChile:
Corresponde a una o más entidades que buscan colaborar con InnovaChile para el fortalecimiento de los beneficiarios del Comité InnovaChile, mediante el apoyo, organización, facilitación o desarrollo de eventos, encuentros, charlas, talleres, espacios de networking, actividades de difusión u otras instancias de vinculación dirigidas al portafolio de beneficiarios del Comité InnovaChile.
Las actividades contempladas en esta categoría deberán estar orientadas a potenciar la vinculación entre beneficiarios del Comité InnovaChile, promover espacios de comunidad, facilitar el intercambio de experiencias, apoyar la difusión de sus proyectos y contribuir al fortalecimiento de las capacidades de estos beneficiarios.
Dichas actividades podrán ser de distinta escala, con una convocatoria estimada de hasta 250 asistentes, según su objetivo, formato, público convocado, etapa de desarrollo de los proyectos participantes, alcance territorial o regional y condiciones propuestas por la entidad estratégica. Podrán realizarse en modalidad presencial, digital o híbrida, incluyendo, cuando corresponda, transmisión en línea a través de plataformas digitales u otros medios equivalentes.
Para estos efectos, la colaboración de la entidad estratégica podrá considerar, entre otros, la disposición de espacios físicos o digitales, apoyo logístico, técnico, comunicacional, de difusión, convocatoria, producción, habilitación de infraestructura, gestión de participantes, apoyo en contenidos u otros aportes necesarios para el adecuado diseño, organización, ejecución y cierre de la actividad, en la medida que sean asumidos por la entidad estratégica en el marco de su propuesta de colaboración.
3.3. Entidades estratégicas para la provisión de beneficios complementarios y herramientas de apoyo al portafolio del Comité InnovaChile
Corresponden a una o más entidades que buscan colaborar con InnovaChile mediante la disposición de beneficios complementarios, herramientas, plataformas, servicios, programas, redes u otros apoyos que contribuyan al desarrollo y proyección de los beneficiarios del Comité InnovaChile.
Estos beneficios deberán ser pertinentes al crecimiento de los beneficiarios del Comité InnovaChile y podrán estar orientados, entre otros fines, a fortalecer su gestión, operación, comercialización, acceso a mercados, escalamiento, sostenibilidad, vinculación con clientes, preparación para inversión o uso de soluciones tecnológicas relevantes para su desarrollo.
La colaboración podrá considerar, entre otros, acceso a plataformas digitales, herramientas de gestión o ventas, soluciones tecnológicas, servicios especializados, servicios financieros, productos bancarios o no bancarios, mentorías, programas de acompañamiento, redes de contacto, infraestructura u otros apoyos habilitantes. Cuando corresponda, éstos podrán incluir descuentos, promociones o facilidades de acceso, siempre que se relacionen directamente con herramientas, servicios o soluciones pertinentes para el desarrollo, operación, crecimiento o proyección de los beneficiarios.
La entidad estratégica deberá informar de manera clara las condiciones de acceso, vigencia, cobertura, restricciones, requisitos de uso y demás características relevantes de los beneficios o herramientas ofrecidas. La implementación, continuidad, calidad y cumplimiento de dichos beneficios será de responsabilidad de la entidad estratégica, conforme a los términos establecidos en su propuesta de colaboración y, cuando corresponda, en el respectivo convenio de colaboración con InnovaChile.
3.4. Entidades estratégicas para conexión empresarial
Corresponden a una o más entidades que buscan colaborar con InnovaChile mediante el desarrollo de mecanismos, instancias o espacios de conexión empresarial orientados a facilitar la vinculación de los beneficiarios del Comité InnovaChile, con empresas tractoras, representantes corporativos, inversionistas, instituciones financieras, fondos de inversión, entidades públicas o privadas, actores sectoriales u otros agentes relevantes para la validación técnica y comercial de soluciones innovadoras, escalamiento, acceso a mercados y proyección comercial.
La colaboración en esta categoría podrá considerar, entre otros, la identificación de desafíos de innovación abierta, conexión con potenciales clientes o usuarios, espacios de validación técnica y comercial, ruedas de negocios, encuentros sectoriales, mentorías comerciales, presentación de soluciones, preparación para inversión, vinculación con fuentes privadas de financiamiento u otros mecanismos que contribuyan a fortalecer la conexión de los beneficiarios de InnovaChile y facilitar oportunidades concretas de desarrollo empresarial, comercial o financiero.
La entidad estratégica deberá indicar de manera clara el tipo de conexión empresarial propuesta, los actores que espera vincular, el público objetivo, la modalidad de trabajo, el alcance estimado de la colaboración y los aportes que asumirá en el marco de su propuesta.
4. PROCEDIMIENTO PARA SELECCIONAR A LAS ENTIDADES ESTRATÉGICAS
4.1. Requisito
Podrán postular para ser Entidades Estratégicas, en cualquiera de sus categorías, personas jurídicas de derecho privado, nacionales o extranjeras.
Una misma entidad podrá postular a más de una categoría, debiendo presentar una postulación por cada una de ellas, las que serán evaluadas en forma independiente.
4.2. Medio de presentación de solicitud
Las solicitudes deberán presentarse exclusivamente a través del sistema electrónico habilitado para estos efectos, el cual estará disponible a contar de la fecha y hora que se informará en el aviso correspondiente, a través de un formulario electrónico, y dentro del plazo informado en el mismo aviso. No se aceptarán postulaciones por un medio diferente al señalado o fuera del plazo indicado en el aviso, salvo que se informe sobre una prórroga.
4.3. Contenido de la solicitud
Las solicitudes deberán contener la siguiente información, de acuerdo con el detalle que contenga el formulario que se pondrá a disposición:
a) Individualización y descripción de la entidad que postula y los datos de contacto.
b) Descripción de la trayectoria a nivel nacional e internacional que tiene la entidad solicitante.
c) Descripción de la vinculación que han tenido hasta la fecha con el ecosistema de emprendimiento e innovación, desarrollo empresarial, financiamiento, inversión, tecnología, sostenibilidad, acceso a mercados u otros ámbitos relacionados con la función del Comité InnovaChile.
d) Indicación de la categoría a la que postula, de las contempladas en el numeral 3 del presente procedimiento.
e) Propuesta de Colaboración: Descripción detallada de la forma en que la entidad solicitante propone colaborar con InnovaChile, indicando el aporte que realizará en la categoría a la que postula, su alcance, modalidad de implementación, público objetivo, distribución temporal estimada y principales actividades, mecanismos, beneficios, herramientas o apoyos que contempla desarrollar durante el año calendario siguiente al de la postulación (enero a diciembre). En caso de que, atendida la fecha del llamado, resten menos de 12 meses calendario, adicionalmente, podrá proporcionar la misma información respecto de los meses restantes del año en que se postula.
f) Descripción detallada del interés institucional o estratégico que tendría la entidad solicitante en colaborar con InnovaChile en el marco del presente procedimiento.
g) Respecto de la categoría contemplada en el número 3.3. precedente, se deberá presentar la fundamentación de cómo los beneficios complementarios, herramientas, plataformas, servicios, programas, redes u otros apoyos ofrecidos, podrían contribuir al desarrollo, operación, crecimiento, comercialización, escalamiento, sostenibilidad, acceso a mercados o preparación para inversión de los beneficiarios de InnovaChile, con énfasis en las EBCT y PyMEs Innovadoras.
h) Respecto de la categoría contemplada en el número 3.4. precedente, se deberá presentar la fundamentación de cómo la propuesta de colaboración contribuiría a la conexión empresarial de los beneficiarios de InnovaChile, con énfasis en las EBCT y PyMEs Innovadoras, considerando la vinculación de la entidad con empresas, representantes corporativos, potenciales clientes, usuarios, inversionistas, instituciones financieras, fondos de inversión, entidades públicas o privadas, actores sectoriales u otros agentes relevantes para su crecimiento, escalamiento, acceso a mercados o proyección.
4.4. Admisibilidad
Las solicitudes serán sometidas a un análisis de admisibilidad (análisis formal), en el cual se verificará lo siguiente:
a) Que la solicitud sea presentada utilizando el formulario de postulación disponible y que, si corresponde, se adjunten los archivos, documentos, planillas y/o anexos exigidos y disponibles en el sistema de postulación en línea. En caso de que los archivos, documentos, planillas y/o anexos no contengan la información requerida, se encuentren incompletos, sean ilegibles o hayan sido modificados en sus reglas o fórmulas, se entenderá que no se cumple con este requisito.
b) Que la entidad postulante cumpla con el requisito establecido en el numeral 4.1. del presente procedimiento.
c) Que la entidad postulante indique expresamente la categoría a la que postula, conforme a las categorías establecidas en el numeral 3 del presente procedimiento.
d) Que la solicitud contenga una propuesta de colaboración clara y verificable, en la que se describan los aportes, actividades, mecanismos, beneficios, herramientas o apoyos que la entidad propone desarrollar en la categoría seleccionada.
e) Que exista coherencia entre la propuesta de colaboración presentada, el objetivo del presente procedimiento y la finalidad de la categoría a la cual postula.
f) Que el objeto social, finalidad, giro, ámbito de acción, experiencia declarada o trayectoria de la entidad postulante sea pertinente en relación con la propuesta de colaboración presentada y con la función del Comité InnovaChile.
Durante el análisis de admisibilidad, se podrán solicitar aclaraciones y/o antecedentes adicionales o complementarios, los que deberán ser enviados dentro del plazo que se otorgue en el respectivo requerimiento.
En caso de que no se remitan los antecedentes solicitados dentro del plazo fijado, se entenderá desistida la postulación. En caso de que los antecedentes remitidos no contengan la información requerida, se entenderá desistida la postulación.
Si, como resultado del análisis de admisibilidad se concluye que la postulación no cumple con todos los requisitos establecidos para dicho examen, la solicitud no avanzará a la siguiente etapa de evaluación.
4.5. Criterios de Evaluación y Decisión
Las postulaciones serán evaluadas por InnovaChile con notas de 1 a 5, de acuerdo con los siguientes criterios, a cada uno de los cuales se asignará igual ponderación:

Durante la evaluación se podrá solicitar una entrevista por medios remotos a los postulantes. La nota final del postulante será un promedio de la nota obtenida en los tres criterios. Al finalizar la evaluación, el/la Director/a Ejecutivo/a del Comité InnovaChile, por resolución fundada, determinará aquellas entidades que serán seleccionadas, indicándose en dicho acto administrativo la o las categorías en que participará cada una.
5. CONVENIO DE COLABORACIÓN
Una vez seleccionada, cada entidad estratégica podrá celebrar un convenio de colaboración con InnovaChile, en el cual se establecerán los derechos y obligaciones de las partes, la(s) categoría(s) en la(s) que participará la entidad y los mecanismos mediante los cuales se hará efectiva la colaboración.
En el convenio de colaboración se podrán regular, entre otras materias, lo siguiente:
. El detalle, forma, alcance, condiciones y plazos de las actividades, eventos, beneficios, herramientas, apoyos o mecanismos de conexión empresarial a desarrollar, conforme a lo ofrecido en la postulación.
. Los aportes, responsabilidades y compromisos que asumirá la entidad estratégica para la adecuada implementación de la colaboración.
. Los mecanismos de coordinación entre InnovaChile y la entidad estratégica, incluyendo, cuando corresponda, aspectos vinculados a convocatoria, difusión, logística, comunicación, seguimiento y participación de beneficiarios.
. La obligación de la entidad estratégica de remitir información sobre los resultados de la colaboración, en la oportunidad y dentro de los plazos que se establezcan. Dicha información podrá ser utilizada por InnovaChile para efectos de difusión, seguimiento, elaboración de métricas y evaluación de la colaboración implementada.
. Las condiciones de acceso, uso, vigencia, cobertura, restricciones y demás características relevantes de los beneficios, herramientas, servicios, programas o apoyos ofrecidos, cuando corresponda.
. Mecanismo de protección de datos personales. En mérito de lo dispuesto en la ley N° 19.628 y demás normativa aplicable en materia de protección de datos personales, InnovaChile no realizará transferencia, transmisión, cesión ni ninguna otra forma de tratamiento de datos personales de los beneficiarios en favor de las Entidades Estratégicas, salvo autorización expresa de sus titulares. Sin perjuicio de lo anterior, las Entidades Estratégicas podrán contactar directamente a los beneficiarios en las eventuales actividades de difusión y de vinculación a las que concurran. La información por ellas recolectada sólo podrá ser utilizada para los fines que autorice el titular de ésta.
. Las condiciones de uso de logos, marcas institucionales, piezas comunicacionales y demás aspectos publicitarios o de difusión asociados a la colaboración.
. La presencia y utilización de espacios por parte de la entidad estratégica en eventos y/o actividades de InnovaChile que tengan relación con sus beneficiarios.
. Posibilidad de renovar la colaboración, utilizando el mecanismo señalado en el numeral 6 siguiente.
InnovaChile también podrá aceptar una carta de compromiso, buenas intenciones, autorización u otro acto equivalente suscrito por su representante, siempre que dicho documento permita establecer adecuadamente los compromisos, condiciones y responsabilidades asociados a la colaboración.
6. RENOVACIÓN DE LA COLABORACIÓN
La entidad estratégica seleccionada podrá solicitar la continuidad o renovación de su colaboración con InnovaChile, sin necesidad de postular nuevamente a un futuro llamado, siempre que presente una nueva propuesta de colaboración y esta sea aprobada por InnovaChile.
La solicitud deberá presentarse, al menos, con un mes de anticipación al cierre del año calendario respectivo, o dentro del plazo que InnovaChile informe para estos efectos. La nueva propuesta deberá indicar la categoría a la que se refiere, las actividades, beneficios, herramientas, apoyos o mecanismos de colaboración que se propone desarrollar, su plazo estimado de ejecución y los antecedentes que permitan revisar su pertinencia y factibilidad.
La entidad que participe en más de una categoría deberá presentar una solicitud de renovación por cada una de ellas. La nueva propuesta podrá referirse a la misma categoría en que la entidad fue seleccionada o a otra de las categorías contempladas en el presente procedimiento. En este último caso, InnovaChile deberá verificar que la propuesta cumpla con las condiciones aplicables a dicha categoría. En consecuencia, la continuidad o renovación no será automática.
InnovaChile resolverá fundadamente considerando el cumplimiento de los compromisos previamente asumidos por la entidad estratégica, los resultados de la colaboración desarrollada y la pertinencia de la nueva propuesta.
De no renovarse la colaboración, la entidad estratégica perderá su condición de tal, debiendo postular nuevamente en otro eventual llamado. En caso de ser seleccionada nuevamente, será aplicable lo dispuesto en el numeral 5.
7. EXCLUSIÓN Y SUSPENSIÓN DE LA ENTIDAD ESTRATÉGICA
La entidad estratégica que infringiere las obligaciones señaladas en el presente instrumento, en el convenio de colaboración o en el documento equivalente a que se refiere el numeral 5, podrá ser excluida o suspendida temporalmente de su calidad de "entidad estratégica".
Si se conociere y/o verificare una infracción, se comunicará esta situación a la entidad estratégica y esta última dispondrá de 3 (tres) días hábiles para responder y formular sus descargos.
Transcurrido el plazo señalado, con o sin la respuesta, se determinará si la infracción se verificó o no, y en su caso, se podrá excluir o suspender temporalmente al infractor, lo que se realizará mediante acto administrativo fundado.
InnovaChile se reserva el derecho de suspender o denegar la participación como entidad estratégica, a cualquier entidad que se encuentre en alguna situación que resulte incompatible con actividades de colaboración con InnovaChile, hasta que la situación que da origen a esta incompatibilidad se resuelva (administrativa, judicial o extrajudicialmente). En este sentido, resulta incompatible, por ejemplo, mantener controversias o procesos administrativos, judiciales o extrajudiciales pendientes con Corfo y/o sus Comités, y mientras ésta no se resuelva por la autoridad competente.
8. LLAMADO PARA LA PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
InnovaChile efectuará uno o más llamados, en modalidad de postulación permanente o concurso, mediante aviso(s) publicado(s) en su sitio web institucional.
9. DURACIÓN DE LA COLABORACIÓN
La duración de la calidad de entidad estratégica, en cualquiera de sus categorías se extenderá hasta el cumplimiento de la totalidad de las actividades propuestas para realizar, ya sea en la postulación o en las eventuales renovaciones señaladas en el numeral 6 anterior.
10. NOTIFICACIONES
El solicitante podrá autorizar que los actos administrativos relacionados con su solicitud, y en general toda actuación, le puedan ser comunicados mediante el envío de una copia de ellos al correo electrónico que se indique para estos efectos. La notificación se entenderá realizada desde el día siguiente hábil a su envío.
Los solicitantes serán responsables de la exactitud y actualización de la información referente a su dirección de correo electrónico y de revisar en ésta la recepción de alguna notificación.
Asimismo, deberán mantener y configurar su correo electrónico de forma que las comunicaciones electrónicas sean debidamente recibidas.
La actualización de la dirección de correo electrónico sólo producirá efectos desde su recepción conforme por parte de InnovaChile.
11. ASPECTOS GENERALES
Atendido que el objeto de esta colaboración es generar condiciones que ayuden a los beneficiarios en el desarrollo de sus proyectos y que habiliten instancias de fortalecimiento del ecosistema de innovación nacional, la selección como entidad estratégica no dará origen a ningún tipo de pago ni desembolso económico por parte de InnovaChile.
El Comité InnovaChile no tiene injerencia alguna, ni asume ninguna clase de obligación ni de responsabilidad en cuanto a los eventuales actos, convenciones y/o transacciones entre Entidades Estratégicas y beneficiarios, así como de sus respectivos efectos. En definitiva, y en el ámbito del presente instrumento, no existe relación comercial, laboral, de prestación de servicios ni de ninguna clase entre InnovaChile y las Entidades Estratégicas.
12. INTERPRETACIÓN
InnovaChile se reserva la facultad de resolver toda controversia o duda en cuanto al correcto sentido y alcance, forma y oportunidad de aplicación, y todo otro conflicto interpretativo que pudiese surgir de la aplicación de la presente resolución. Lo anterior, sin perjuicio de los recursos establecidos en la ley.
Las referencias a unidades y autoridades de InnovaChile indicadas en el presente procedimiento se entenderán realizadas a las unidades y/o autoridades que las sucedan o reemplacen en el ejercicio de sus funciones.
13. USO DE LA INFORMACIÓN
Conforme a la ley N° 19.628 y demás normativa aplicable en materia de protección de datos personales, InnovaChile no pondrá a disposición de las Entidades Estratégicas los datos personales de sus beneficiarios ni de terceros, salvo autorización expresa de sus titulares. La información que se reciba o transmita sobre los beneficiarios de los instrumentos de InnovaChile será confidencial y sólo podrá utilizarse por las Entidades Estratégicas para efectos de generar mejores condiciones en la colaboración acordada.
14. COMUNICACIONES Y CONSULTAS.
Todas las comunicaciones, consultas y/o requerimientos que deban efectuarse con motivo de este proceso, se realizarán al correo electrónico corfoconecta@corfo.cl.
15. ÁMBITO DE APLICACIÓN
El presente procedimiento rige para las entidades que postulen en calidad de Entidad Estratégica, durante el proceso de selección y, en caso de ser seleccionadas, durante la colaboración.
2°. Publíquese el aviso correspondiente y póngase el presente procedimiento a disposición de los interesados/as en el sitio web de Corfo, www.corfo.cl, una vez que la presente resolución se encuentre totalmente tramitada.
3°. Publíquese la presente resolución exenta en el banner de "Gobierno Transparente", del sitio web www.corfo.cl, en conformidad a lo dispuesto en el literal g) del artículo 7, de la Ley de Transparencia de la función pública y de acceso a la información de la Administración del Estado, aprobada por el artículo primero de la ley N° 20.285, y en la resolución exenta N° 80, de 2026, que aprueba texto refundido, coordinado y sistematizado de la Instrucción General del Consejo para la Transparencia, sobre Transparencia Activa.
Anótese, publíquese y archívese.- Resolución suscrita mediante firma electrónica avanzada por Jocelyn Olivarí Narea, Directora Ejecutiva del Comité InnovaChile.