Modifícase el Reglamento de Practicaje y Pilotaje para la República N.º 7-51/6, aprobado por decreto supremo (M) Nº 1.836, de 1955, y con diversas modificaciones posteriores; el Reglamento de Admisión y Permanencia de Naves de Guerra Extranjeras en Aguas Territoriales, Puertos, Bahías y Canales de la República N.º 7-21/2, aprobado por decreto supremo N.º 1.385 de 18 de Octubre de 1951, y con diversas modificaciones posteriores; el Reglamento General de Orden, Seguridad y Disciplina en los Mares y Litoral de la República N.º 7-51/4, aprobado por decreto supremo N.º 1.340 bis, de 14 de Junio de 1941, y con diversas modificaciones posteriores, y el Reglamento Complementario del DFL. N.º 1 de 1970, sobre Normas y Modalidades para el Pago de la Contribución o Tarifa por Faros y Balizas, aprobado por decreto supremo (M) N.º 970, de 21 de Octubre de 1970, agregándose el siguiente Artículo Transitorio a los Reglamentos antes citados:
ARTICULO TRANSITORIO
"En el tramo del Canal Beagle comprendido entre el " meridiano 68º, 36' 38,5" W. y su boca oriental, se " establece lo siguiente para los efectos que se " indican:
" A.- PRACTICAJE.
"Se aplicará el Reglamento del país a que pertenece "el puerto a que acceda el buque.
" B.- PILOTAJE.
"Tanto los buques chilenos como argentinos " aplicarán sus propios reglamentos.
"Los buques de terceras banderas que naveguen hacia " el Este, aplicarán este reglamento, y los que " naveguen hacia el Oeste, aplicarán el Reglamento de " Practicaje y Pilotaje para la República Argentina.
"Dichos buques izarán en el palo trinquete el " pabellón del país cuyo Reglamento de Practicaje y " Pilotaje estén aplicando.
"Toda nave que navegue el tramo del Canal señalado " al comienzo, quedará liberada del pago de los derechos " de Practicaje o Pilotaje, o cualquier otro gravamen " que exista a este respecto.
"Las normas contenidas en este artículo regirán " durante el juicio arbitral que se sigue ante el " Gobierno de Su Majestad Británica y hasta que se " notifique a la República de Chile y a la República " Argentina la sentencia del Arbitro."