APRUEBA ACUERDO DE COMPLEMENTACION ECONOMICA PARA EL ESTABLECIMIENTO DE UN ESPACIO ECONOMICO AMPLIADO, SUSCRITO CON EL GOBIERNO DE VENEZUELA, EN SANTIAGO EL 2 DE ABRIL DE 1993
Núm. 321.- Santiago, 6 de abril de 1993.- Vistos: Los artículos 32, N° 17, y 50 N° 1) inciso segundo, de la Constitución Política de la República, el Decreto con Fuerza de Ley N° 161 de 1978, Estatuto Orgánico del Ministerio de Relaciones Exteriores, y la Ley N° 18.158.
Considerando:
Que por Decreto Supremo N° 568 de 1981, del Ministerio de Relaciones Exteriores, publicado en el Diario Oficial de fecha 24 de agosto de 1981, fue promulgado el Tratado de Montevideo de 1980, que creó la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI).
Que la Resolución N° 2, de fecha 12 de agosto de 1980, del Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores de ALADI, publicada en el Diario Oficial de 23 de febrero de 1981, estableció normas básicas y de procedimiento que regulan la celebración de acuerdos de alcance parcial en los que no participan la totalidad de los miembros del Tratado de Montevideo.
Que la integración regional y la complementación económica constituyen factores fundamentales para que los países de América Latina avancen en su desarrollo económico y social y puedan tener una participación más activa en la economía mundial.
Decreto:
Artículo único: Apruébase el Acuerdo de Complementación Económica para el Establecimiento de un Espacio Económico Ampliado, suscrito entre los Gobiernos de las Repúblicas de Chile y Venezuela, en Santiago, el 2 de abril de 1993.
La publicación de este Acuerdo se hará de conformidad con las normas de la Ley N° 18.158.
Tómese razón, regístrese, comuníquese y publíquese.- PATRICIO AYLWIN AZOCAR, Presidente de la República.- Edmundo Vargas Carreño, Ministro de Relaciones Exteriores Subrogante.- Alejandro Foxley Rioseco, Ministro de Hacienda.- Jorge Marshall Rivera, Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción.
Lo que transcribo a US., para su conocimiento.- Cristián Barros Melet, Director General Administrativo.