Artículo único: Apruébase el Acuerdo de Complementación Económica para el Establecimiento de un Espacio Económico Ampliado, suscrito entre los Gobiernos de las Repúblicas de Chile y Venezuela, en Santiago, el 2 de abril de 1993.
    La publicación de este Acuerdo se hará de conformidad con las normas de la Ley N° 18.158.