OTORGA CONCESION DE SERVICIO PUBLICO TELEFONICO A GENEVA S.A.
Santiago, 31 de marzo de 1998.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 141.- Vistos:
a) El decreto ley Nº 1.762 de 1977.
b) La ley Nº 18.168 de 1982, Ley General de Telecomunicaciones.
c) El artículo 1º de la ley Nº 16.436 de 1966.
d) El decreto supremo Nº 457 de 1994, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Reglamento del Fondo de Desarrollo de las Telecomunicaciones.
e) El Nº 1 del artículo 3º párrafo III de la resolución Nº 55 de 1992, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por la resolución Nº 520 de 1996, ambas de la Contraloría General de la República.
f) La resolución exenta Nº 1.349 de 1997, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que aprobó las bases generales y específicas del concurso público correspondiente al Programa de Proyectos Subsidiables 1997 del Fondo de Desarrollo de las Telecomunicaciones.
Considerando:
a) Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº 10.844 del 23.01.98.
b) El acta del 12.01.98, correspondiente a la decimosexta sesión del Consejo de Desarrollo de las Telecomunicaciones.
D e c r e t o:
1.- Otórgase concesión de Servicio Público Telefónico a la empresa Sociedad Gestión de Negocios Valores y Proyectos S.A., Geneva S.A., R.U.T. Nº 96.841.440-2, con domicilio en calle Nueva York Nº 25, piso 9º, comuna de Santiago, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.
2.- Autorízase a la concesionaria para instalar, operar y explotar lo siguiente:
2.1 A lo menos un teléfono público o centro de llamadas en cada una de las localidades señaladas en las bases específicas del Proyecto Osorno, Código 97214340, según el siguiente cuadro:
Localidad Comuna Región
Los Melies Osorno 10
Tacamo Osorno 10
Chapuco Puerto Octay 10
Cruce El Correo Puerto Octay 10
El Cabrito Puerto Octay 10
La Mona Puerto Octay 10
Las Gaviotas Puerto Octay 10
Las Nieves Puerto Octay 10
Los Colorados Puerto Octay 10
Río Blanco-Aguas Buenas Puerto Octay 10
Río Blanco-El Poncho Puerto Octay 10
Aleucapi San Juan de la Costa 10
Choro-Traiguén San Juan de la Costa 10
Lafquenmapu San Juan de la Costa 10
Liucura San Juan de la Costa 10
Monte Verde San Juan de la Costa 10
Panguimapu San Juan de la Costa 10
Popoen San Juan de la Costa 10
Pucomo San Juan de la Costa 10
Punotro San Juan de la Costa 10
Chifca-Maile San Pablo 10
Cofalmo San Pablo 10
Quilmahue San Pablo 10
Catamutun La Unión 10
Chaquean La Unión 10
Cocule La Unión 10
Copio La Unión 10
Cumuleufu La Unión 10
Huenue La Unión 10
Lliuco La Unión 10
Los Esteros Cordillera La Unión 10
Los Esteros Niscon La Unión 10
Los Esteros Paillaco La Unión 10
Los Esteros Pichintini La Unión 10
Rapaco La Unión 10
Rofuco Alto La Unión 10
San Jorge La Unión 10
Tres Puentes La Unión 10
Ñanculen La Unión 10
Cachillahue (Cruce) Río Bueno 10
Carimallin Alto Río Bueno 10
Cocule Río Bueno 10
Collico Río Bueno 10
Curileufu Río Bueno 10
Guzmán (Cruce) Río Bueno 10
Las Vertientes Río Bueno 10
Lumaco Bajo Río Bueno 10
Purrapel (Cruce) Río Bueno 10
2.2 Líneas de abonado en cada una de las localidades señaladas en el punto 2.1, dentro del ámbito de cobertura de los medios de transmisión instalados, sin exceder los límites geográficos de la zona primaria respectiva.
Los teléfonos públicos y líneas de abonado se conectarán a la red pública telefónica, a través de los centros de conmutación que instale la concesionaria, mediante radioenlaces propios y/o proporcionados por terceros. Las características técnicas y ubicación de los sistemas de radiantes y de conmutación autorizados serán las siguientes:
Sistema de Conmutación:
Centro Ubicación Función Dependencia
C. Ríos S/Nº,
comuna de
Los Unión I La Unión, X Región Local Centro Primario
Osorno.
R. Correa Nº 024, comuna
Osorno de Osorno, X Región Local Centro Primario
Osorno.
VER D.O. DE FECHA 25.08.1998
Sistemas de Transmisión:
Tipo de Sistema : Punto - Punto SHF
Características Técnicas de los Radioenlaces 15 y 7 [GHz]
VER D.O. DE FECHA 25.08.1998
Radioestación Tipo de Frec. Pol. Radioestación
Origen Radioestación Tx Rx Destino
Osorno Punto-Punto F1 F1' H Chacayal
Osorno Punto-Punto F7' F7 V Pilmaiquén
Osorno Punto-Punto F3 F3' H Canal Bajo
Osorno Punto-Punto F4 F4' V Trafun
Trafun Punto-Punto F7' F7 V Cotreumo
Osorno Punto-Punto F6 F6' V Misión
Misión Punto-Punto F2 F2' H Cerro Contaco
Cerro Contaco Punto-Punto F1' F1 H Guacamapu
Osorno Punto-Punto F6 F6' V Pichidamas
Pichidamas Punto-Punto F6' F6 V Laguna Bonita
Laguna Bonita Punto-Punto F3 F3' H Las Nieves
Laguna Bonita Punto-Punto F1 F1' H Piedras Negras
Piedras Negras Punto-Punto F4' F4 V Kemp
Kemp Punto-Punto F5' F5 V Puerto Rico
La Unión Punto-Punto F1 F1' H Estero
La Unión Punto-Punto F1 F1' H Golondrinas
La Unión Punto-Punto F6 F6' V Los Chilcos
La Unión Punto-Punto F2' F2 H Huequecura
Huequecura Punto-Punto F4' F4 V Santa Elisa
Ubicación radiestaciones Coords. Geog.
Radioestación Comuna Reg. Lat. S. Long. O.
Osorno Osorno 10 40°35'15" 73°08'10"
Chacayal La Unión 10 40°30'20" 73°06'00"
Pilmaiquén Osorno 10 40°34'15" 72°44'00"
Canal Bajo Osorno 10 40°37'00" 73°03'00"
Trafun Río Bueno 10 40°26'20" 72°58'50"
Cotreumo Río Bueno 10 40°23'45" 72°39'25"
Misión San Juan de la Costa 10 40°29'40" 73°24'36"
Cerro Contaco San Juan de la Costa 10 40°33'20" 73°34'12"
Guacamapu San Juan de la Costa 10 40°39'50" 73°26'50"
Pichidamas Puyehue 10 40°43'40" 72°49'40"
Laguna Bonita Puerto Octay 10 40°54'15" 72°33'40"
Las Nieves Puerto Octay 10 40°56'25" 72°34'30"
Piedras Negras Puerto Octay 10 40°54'15" 72°28'20"
Kemp Puerto Octay 10 40°56'10" 72°22'35"
Puerto Rico Puerto Octay 10 40°54'50" 72°15'40"
La Unión La Unión 10 40°18'05" 73°05'20"
Estero La Unión 10 40°18'05" 73°19'20"
Huequecura La Unión 10 40°09'10" 73°05'40"
Las Golondrinas Río Bueno 10 40°20'00" 72°52'40"
Los Chilcos La Unión 10 40°14'36" 72°42'35"
Santa Elisa La Unión 10 40°08'36" 73°12'40"
3. Apruébase el proyecto técnico base de la solicitud presentado por la concesionaria, correspondiente a su propuesta relativa al Proyecto Osorno, Código 97214340, en lo concerniente a los sistemas y equipos de telecomunicaciones autorizados en el presente decreto, conforme a las disposiciones técnico legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
El monto del subsidio asignado a la concesionaria es de ciento cuarenta millones de pesos ($140.000.000). Impútese este gasto al ítem Nº 19-02-01-33-85-039, Fondo del Desarrollo de las Telecomunicaciones del presupuesto vigente.
Las Bases Generales y las Bases Específicas del Proyecto Osorno, correspondientes al segundo llamado a concurso público para la asignación de proyectos y sus respectivos subsidios del Programa 1997 del Fondo de Desarrollo de las Telecomunicaciones, forman parte integrante del presente decreto, para todos los efectos administrativos y legales.
4. La zona de servicio comprende las localidades señaladas en el punto 2.1 precedente y el ámbito de cobertura de los medios de transmisión que se instalen.
5. La tarifa máxima a público que podrá aplicar la concesionaria, para las llamadas locales efectuadas a través de los teléfonos públicos (o centro de llamados), durante los primeros 10 años de suministro del servicio telefónico expresada en moneda de curso legal al 1º de enero de 1996, con IVA incluido, se calculará según la siguiente fórmula:
Tarifa máxima = 52,39 x (1+IVA) x T x fcorr ($/minuto)
donde:
IVA = Impuesto al Valor Agregado.
T = Período de cobro mínimo de la llamada local,
establecido por la concesionaria, expresado en
minutos enteros.
fcorr = Factor de corrección de acuerdo al valor de T, según
la siguiente tabla:
T 1 2 3 4 5
fcorr 1,000 0,792 0,647 0,510 0,425
El período de cobro mínimo ''T'' no podrá ser superior a cinco minutos ni inferior a un minuto. La concesionaria deberá informar a los usuarios en un lugar visible la tarifa aplicada, explicitando que ésta da derecho a efectuar una llamada local a cualquier destino dentro de la respectiva zona primaria, cuya duración podrá ser igual o inferior a dicho período ''T''. La tarifa máxima al público, por llamada local, se reajustará por el índice IR, determinado según la siguiente fórmula:
VER D.O.DE FECHA 25.08.1998
IPM = Indice de Precios al por Mayor publicado por el
INE, siendo IPMt el valor del mes anterior al de
aplicación de la tarifa e IPM0 el valor del mes de
noviembre de 1995.
ICMO = Indice de costo de Mano de Obra publicado por el
INE, siendo ICMOt el valor del mes anterior al de
aplicación de la tarifa e ICMO0 el valor del mes de
noviembre de 1995.
US$A = Indice dólar ajustado US$A=US$ x (1+tasa
arancelaria), siendo US$t el promedio de dólar
observado del mes anterior al de aplicación de la
tarifa; US$A0 el promedio del dólar observado de
noviembre de 1995; (1+tasa arancelaria)t, la tasa
arancelaria vigente al término del mes anterior al
de aplicación de la tarifa; y (1+tasa arancelaria)0
igual a 1,11.
t = Tasa de impuesto a las utilidades, siendo t0 igual
al 15% y tt la tasa de impuesto a las utilidades
vigente al término del mes anterior al de
aplicación de la tarifa.
6. La concesionaria durante un período de 10 años, contados desde la fecha de publicación del presente decreto en el Diario Oficial, no podrá disminuir las prestaciones de servicio especificadas en las bases del concurso y singularizadas en el punto 2.1 del presente decreto.
7. El plazo para iniciar la construcción de las obras será de 1 meses y para su término de 17 meses. Asimismo, el plazo para iniciar el servicio será de 18 meses. Todos estos plazos serán contados desde la fecha de publicación en el Diario Oficial del presente decreto.
8. El período de vigencia de la presente concesión será de 30 años, contados desde la publicación del presente decreto en el Diario Oficial.
9. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables.
Anótese, tómese razón, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Claudio Hohmann Barrientos, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Juanita Gana Quiroz, Subsecretaria de Telecomunicaciones.