EXTRACTO DE RESOLUCION Nº 4.947 EXENTA, DE 20.08.98
Materia: elimina timbraje de rollos de auditoría, de máquinas autorizadas para emitir documentos por medios mecanizados en reemplazo de las boletas de ventas y servicios.
1º Reemplaza el resolutivo 2 de la resolución Nº2.107, de fecha 01-12-83, de esta Dirección Nacional, en el sentido que serán los contribuyentes los que numeren los rollos de auditoría.
2º Se elimina el timbraje de los rollos de auditoría de las máquinas autorizadas para emitir vales en reemplazo de las boletas de ventas y servicios, por la presentación del formulario 3230, ''Declaración Jurada para Timbraje de Documentos y/o Libros y Notificaciones''.
3º Crea un libro timbrado por el Servicio, denominado ''Libro de Vales de Totalización General'', en el que deberán adherir diariamente los ''Vales de Totalización General Z'' o ''Reposición a 0''. Determina el procedimiento para el timbraje de los rollos de auditoría.
4º Determina los requisitos que deben cumplir las máquinas para que los contribuyentes operen con el nuevo sistema.
5º Se da el plazo de un año, a contar de la fecha de la presente resolución, a los contribuyentes que poseen máquinas autorizadas, que no cumplen con los requisitos exigidos, para adaptar estas máquinas a dichas exigencias; en caso contrario se derogarán las autorizaciones que las autorizan. En dicho período el Servicio les continuará timbrando los rollos de auditoría.
6º Determina las multas que corresponde aplicar en los casos de: No presentación del Form. 3230 ''Declaración Jurada para Timbraje de Documentos y/o Libros y Notificaciones'', no llevar, mantener atrasados o llevar en forma distinta a la ordenada en la presente resolución: el ''Libro Control Rollos de Auditoría'', el ''Libro Sucursal Control Rollos de Auditoría'', el ''Libro de Vales de Totalización General'', y el otorgamiento de vales por medios mecanizados, sin que se cumplan las disposiciones de la presente resolución.
La vigencia de la presente resolución es a contar de su publicación en el Diario Oficial.
La presente resolución será publicada in-extenso en el Boletín del Servicio en el mes de agosto de 1998.
- Javier Etcheberry Celhay, Director.