Artículo 26.- La Decreto 30, ENERGÍA
N° 9
D.O. 04.08.2014resolución que otorgue la concesión provisional será publicada por Decreto 96,
ENERGÍA
Art. segundo Nº 1 i) y ii)
D.O. 23.04.2025el concesionario en el Diario Oficial, dentro de los 30 días siguientes a su total tramitación. La resolución que deniegue la concesión provisional será notificada al solicitante en conformidad al inciso cuarto del artículo 21.
N° 9
D.O. 04.08.2014resolución que otorgue la concesión provisional será publicada por Decreto 96,
ENERGÍA
Art. segundo Nº 1 i) y ii)
D.O. 23.04.2025el concesionario en el Diario Oficial, dentro de los 30 días siguientes a su total tramitación. La resolución que deniegue la concesión provisional será notificada al solicitante en conformidad al inciso cuarto del artículo 21.