Artículo 116.- Para los efectos de calcular la distancia que autorice la aplicación de precios libres, los megawatts-kilómetro se medirán respecto de la subestación primaria de distribución más cercana al consumo. La distancia se medirá entre la subestación primaria y el punto de conexión con las instalaciones del cliente siguiendo el trayecto más corto, a través de líneas existentes.