Artículo 7º.- Concédese a los Profesionales Grados 4 a 6 de la Planta de Apoyo Científico-Técnico el derecho a percibir la asignación mensual de ''especialidad al grado efectivo'', regulada en el artículo 41 del decreto ley Nº 3.551, de 1980, la que se pagará de acuerdo con el grado de encasillamiento respectivo:
Grado 4 de encasillamiento $258.498
Grado 5 de encasillamiento $238.357
Grado 6 de encasillamiento $223.390.
Estas sumas se reajustarán anualmente de acuerdo al reajuste de remuneraciones que se conceda a los funcionarios del sector público.