Artículo 22° El que retire o introduzca mercancíasDL 2401 1978
ART. 1° N° 8
LEY 18164
ART. 6° N° 5
de las Zonas Francas, como asimismo de las Zonas Francas de Extensión en contravención a lo dispuesto en este cuerpo legal, incurrirá en los delitos de contrabando o de fraude que describe y sanciona la Ordenanza de Aduanas, según corresponda.