MODIFICA RESOLUCION Nº 236 EXENTA, DE 1998
(Resolución)
Núm. 372 exenta.- Iquique, 21 de septiembre de 1998.- Vistos:
a) El D.S. Nº 62 (V. y U.) de 1984, que reglamenta el Sistema de Postulación, Asignación y Venta de Viviendas destinadas a atender situaciones de marginalidad habitacional y sus modificaciones, en especial lo previsto en el artículo 6º inciso 2º; el D.S. Nº 140 (V. y U.) de 1990, que reglamenta los Programas de Viviendas Progresivas y sus modificaciones, en especial lo previsto en el artículo 10, que disponen que, previamente a la selección, podrá variarse hasta en un 20% la distribución inicial de las viviendas o de los recursos, respectivamente, entre las alternativas de postulación individual y colectiva;
b) Lo dispuesto por el artículo 5º del D.S. Nº 62 (V. y U.) de 1984;
c) Las facultades que me otorgan el D.S. Nº 397, de 1976 y el D.S. Nº 100, de 1990, ambos de V. y U.; la resolución Nº 28 de V. y U. de 1993, que delegó en los Secretarios Ministeriales la facultad de fijar mediante resoluciones la distribución de viviendas; la resolución Nº 89 de V. y U.
del 12.02.98; el inciso cuarto del artículo 21 de la ley Nº 16.391 y la resolución Nº 520, de 1996, de la Contraloría General de la República;
Considerando:
a) Que se encuentra concluida la revisión de las apelaciones por parte de esta Seremi y que, previamente a la selección, este Secretario Regional Ministerial se encuentra facultado para modificar la distribución inicial de las viviendas o de los recursos, en su caso, entre las alternativas de postulación individual y colectiva;
b) Que no existen postulantes hábiles interesados en la oferta Nº 5, para atender a la postulación por discapacidad en la comuna de Pozo Almonte; dicto la siguiente:
R e s o l u c i ó n:
1º Modifícase la resolución exenta Nº 236, del 06.07.98, de esta Secretaría, en el sentido de variar la distribución inicial de las viviendas y recursos entre las alternativas de postulación individual y colectiva, en las comunas que se indican:
Comuna de Pozo Almonte
Para atender a postulación por discapacidad : 0 viviendas.
Comuna de Iquique
Para atender a postulación individual
Básica A1 : 69 viviendas.
Para atender a postulación colectiva
Básica A1 : 48 viviendas.
Para atender a postulación individual
Básica A2 : 58 viviendas.
Para atender a postulación colectiva
Básica A2 : 0 viviendas.
Para atender a postulación individual
Básica B1 : 200 viviendas.
Para atender a postulación colectiva
Básica B1 : 71 viviendas.
Regional
Para atender a postulación individual
Progresiva Privada 2ª Etapa : 11 subsidios.
Para atender a postulación colectiva
Progresiva Privada 2ª Etapa : 42 subsidios.
2º Destínase la vivienda disponible, ofrecida para atender a la postulación por discapacidad en la comuna de Pozo Almonte, a las viviendas de reserva ministerial para atender casos de emergencia habitacional.
Anótese, comuníquese y publíquese.- Francisco Pinto Madariaga, Secretario Regional Ministerial Minvu I Región.