Artículo 23º.- El Departamento de Prevención de Riesgos Profesionales y, los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad actuarán en forma coordinada.
    La Cámara Marítima deberá proporcionar a los Comités Paritarios las informaciones que requieran, relacionadas con las funciones que les corresponde desempeñar.