Artículo 1°.- Apruébase el siguiente Reglamento que fija los requisitos y exigencias que deberán cumplir los cursos gratuitos de educación fundamental de capacitación técnico-profesional o de enseñanza práctica de cualquier rama de la educación de adultos, impartidos por establecimientos educacionales declarados cooperadores de la función educacional del Estado, para percibir la subvención a que se refiere el artículo 27 del Decreto Ley N° 3.476, de 1980.
    Asimismo, reglamenta el monto de dicha suvención y el procedimiento para impetrar este beneficio.