Artículo 16°.- Los alumnos participantes que hayan logrado los objetivos propuestos en el curso y que tengan a lo menos 70% de asistencia serán promovidos y se les otorgará una certificación que será equivalente al Primer Nivel de Educación Básica de Adultos (Cuarto Año de Educación Básica), válido para todos los efectos legales.
    A los alumnos participantes "En Proceso" se les entregará una constancia por el número de horas asistidas y el porcentaje de los logros alcanzados en cada Area del curso.