Artículo 8°. Dentro de veinticinco días, contados desde la fecha de su presentación, el interesado deberá publicar un extracto de la solicitud y de sus documentos anexos, a su costa, por una sola vez, en un diario de circulación regional o a falta de éste en uno de Santiago, y en el Diario Oficial los días 1° o 15 de cada mes o el primer día hábil inmediato si aquellos fueren feriados.
La publicación del extracto deberá contener, a lo menos, los siguientes antecedentes:
- Lugar y fecha de la presentación de la solicitud.
- Mención de Ley N° 3.133 y de su reglamento.
- Nombre del establecimiento.
- Ubicación del establecimiento (dirección, comuna, provincia y región).
- Rubro industrial.DTO 1172, OBRAS
Art. 1º Nº 6
D.O. 17.02.1998
Art. 1º Nº 6
D.O. 17.02.1998
- Nombre del curso o masa de agua receptor directo de los efluentes o identificación del sistema de recolección de aguas servidas, si corresponde.
-Lugar exacto de la descarga.
- Caudal de descarga.
El interesado deberá informar a la Autoridad del cumplimiento de esta obligación, acompañando para su inclusión en el expediente, las páginas de los diarios en que se hubieren efectuado las referidas publicaciones.
NOTA:
El artículo 2º del DTO 1172, Obras Públicas, dispuso que la presente modificación comenzará a regir 60 días después de su publicación en el Diario Oficial.
El artículo 2º del DTO 1172, Obras Públicas, dispuso que la presente modificación comenzará a regir 60 días después de su publicación en el Diario Oficial.