MODIFICA EL DECRETO CON FUERZA DE LEY NUMERO 3,329
DE 21 DE JULIO DE 1930
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de Ley:
Artículo 1.º Reemplázanse los números 1.º, 2.º, 3.º y 4.º, del decreto con fuerza de ley número 3,329, de 21 de Julio de 1930, por los siguientes:
1.º Créase en cada una de las ciudades de Antofagasta, Temuco y Magallanes, una comisión médica que tendrá a su cargo emitir los dictámenes exigidos para la tramitación de los expedientes de retiro por imposibilidad física o invalidez y abonos de años de servicios por heridas o contusiones recibidas en actos del mismo.
2.º Las comisiones a que se refiere el número anterior, se compondrán; del médico jefe provincial de Sanidad, del médico 2.º de Carabineros y del cirujano del Ejército de mayor graduación que exista en la guarnición. Será su presidente el facultativo de más alta graduación.
3.º La comisión médica de Antofagasta, tendrá como territorio jurisdiccional el correspondiente a las provincias de Tarapacá, Antofagasta y Atacama. La de Temuco. las provincias de Concepción, Biobío, Cautín, Valdivia, Chiloé y el Territorio del Aysén. Y la de Magallanes, el Territorio del mismo nombre.
4.º La comisión médica de Santiago, cuya composición fué determinada por el decreto número 4,282, de 22 de Junio de 1927, tendrá como radio jurisdiccional las provincias de Coquimbo, Aconcagua, Santiago, Colchagua, Talca, Maule y Ñuble y desempeñará, además de las funciones que le son propias, la labor de comisión revisora respecto de los informes y dictámenes que evacuaren las de las ciudades de Antofagasta, Temuco y Magallanes, a fin de pronunciarse sobre su conformidad, de acuerdo con el mérito que arrojen los antecedentes respectivos, pudiendo para estos efectos y en casos excepcionales, que se estimen necesarios, citar ante ella a los afectados.
Art. 2.º La presente ley regirá desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial.
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo, promúlguese y llévese a efecto como ley de la República.- Santiago, veintiuno de Diciembre de mil novecientos treinta y tres.- ARTURO ALESSANDRI.- Alfredo Piwonka.-