Artículo 10°.- La Subdirección Administrativa será ejercida por un profesional dotado de título universitario, con conocimientos en materias administrativas y económicas.
Su objetivo será apoyar la gestión específica del Hospital, mediante una acción coordinada con el área médica, a fin de lograr un óptimo aprovechamiento de los recursos humanos y materiales disponibles, para propender a su autofinanciamiento y a obtener una rentabilidad adecuada cuando se otorguen prestaciones de salud a personas ajenas al régimen de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile.