Artículo 16°.- La División de Administración y Finanzas tendrá por finalidad la más eficiente administración de los fondos con que cuenta el Hospital; además, sugerirá las fuentes de financiamiento más adecuadas a los fines del establecimiento y propenderá a su correcta utilización.
Sus funciones especificas serán la siguientes:
- Formular y proponer el proyecto de presupuesto anual del Hospital para la aprobación del Director de Previsión de Carabineros;
- Ejecutar el presupuesto aprobado de acuerdo a las normas legales vigentes;
- Velar por la correcta utilización de los recursos financieros;
- Estudiar, sugerir y aplicar los aranceles correspondientes a las prestaciones que se efectúen en el Hospital;
- Velar porque la recaudación de fondos sea oportuna y se ajuste a las normas que le sean aplicables;
- Proponer medidas para obtener fuentes de financiamiento y para racionalizar los gastos;
- Coordinar y supervisar las operaciones financieras contables y presupuestarias del establecimiento, con arreglo a las demás disposiciones a que ellas deban ceñirse;
- Emitir informes financieros periódicos para la toma de decisiones y cuando le sean requeridos;
- Estudiar y supervisar los métodos propuestos para la determinación de costos operativos del establecimiento;
- Supervisar la adquisición, distribución y custodia de los suministros necesarios para el normal funcionamiento de las actividades del Hospital, e - Implementar y supervisar los procedimientos conducentes a obtener un buen servicio de alimentación.