Artículo 16°.- La División de Administración y Finanzas tendrá por finalidad la más eficiente administración de los fondos con que cuenta el Hospital; además, sugerirá las fuentes de financiamiento más adecuadas a los fines del establecimiento y propenderá a su correcta utilización.
    Sus funciones especificas serán la siguientes:
    - Formular y proponer el proyecto de presupuesto anual del Hospital para la aprobación del Director de Previsión de Carabineros;
    - Ejecutar el presupuesto aprobado de acuerdo a las normas legales vigentes;
    - Velar por la correcta utilización de los recursos financieros;
    - Estudiar, sugerir y aplicar los aranceles correspondientes a las prestaciones que se efectúen en el Hospital;
    - Velar porque la recaudación de fondos sea oportuna y se ajuste a las normas que le sean aplicables;
    - Proponer medidas para obtener fuentes de financiamiento y para racionalizar los gastos;
    - Coordinar y supervisar las operaciones financieras contables y presupuestarias del establecimiento, con arreglo a las demás disposiciones a que ellas deban ceñirse;
    - Emitir informes financieros periódicos para la toma de decisiones y cuando le sean requeridos;
    - Estudiar y supervisar los métodos propuestos para la determinación de costos operativos del establecimiento;
    - Supervisar la adquisición, distribución y custodia de los suministros necesarios para el normal funcionamiento de las actividades del Hospital, e - Implementar y supervisar los procedimientos conducentes a obtener un buen servicio de alimentación.