Artículo 31°.- El Comité de Farmacia estará integrado por el Subdirector Médico, los Jefes de las Divisiones dependientes de la Subdirección Médica y el Químico Farmacéutico Jefe.
    Su objetivo será definir el arsenal farmacológico que requiera el Hospital, con el detalle de los medicamentos y drogas de uso en el recetario magistral.
    Sus funciones específicas serán las siguientes:
    - Vigilar el cumplimiento de las normas y prácticas farmacológicas que se dispongan, especialmente en lo relativo a utilización de drogas dentro del Hospital;
    - Crear un formulario de medicamentos y drogas, que deberá autorizarse a intervalos preestablecidos;
    - Analizar las reacciones adversas de las drogas, y - Evaluar y aprobar protocolos relacionados con el uso de drogas en investigación o experimentación.