Artículo 36°.- El Director de Previsión fijará anualmente, por resolución, las dotaciones máximas del personal a que se refieren las letras b) y c) del artículo anterior, para lo cual el Director del Hospital le informará, en el mes de noviembre de cada año, sobre las necesidades de personal según los programas de trabajo diseñados para el año siguiente.
    Las contrataciones a base de honorarios no se considerarán incluidas dentro de las dotaciones máximas anuales.