Decreto 49, ECONOMIA
Art. UNICO Nº 25
D.O. 09.04.2010
    Artículo 31.- La elaboración del proyecto y la ejecución del plan de manejo y explotación de recursos bentónicos deberán contar con la asistencia de una institución ejecutora, para lo cual se deberá celebrar un contrato de prestación de servicios profesionales.