MODIFICA EL DECRETO Nº 411, DE 1948


    Santiago, 29 de Octubre de 1969.- Hoy se decretó lo que sigue:
    Núm. 759.- Vistos: el reglamento aprobado por el decreto Nº 411, de 1948, del ex Ministerio de Obras Públicas y Vías de Comunicación, lo prescrito en el artículo 32º del decreto Nº 323, de 1968, del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, orgánico de la Corporación de Obras Urbanas, y el oficio Nº 16.390, de 1969, de la Corporación de Obras Urbanas; lo dispuesto en la ley Nº 8.946, de 20 de Octubre de 1949, y lo informado por la Corporación de Obras Urbanas en oficio Nº 15.880, de 8 de Octubre de 1969,

    Decreto:

    Modifícase el reglamento sobre conservación, reposición de pavimentos y trabajos por cuenta de particulares, aprobado por decreto supremo Nº 411, de 26 de Febrero de 1948, del ex Ministerio de Obras Públicas y Vías de Comunicación, de la siguiente forma:
    1º.- Agréguese a los artículos 16 inciso final, 25 letra b), 26 inciso 1º, 28 y 32 inciso 1º, a continuación de la frase que ordena efectuar los depósitos, que allí se indican, en la Tesorería Comunal respectiva, la expresión "o en la Caja de la Corporación de Obras Urbanas".
    2º.- Agréguese al Art. 6º, modificado por el decreto Nº 1.749, de 26 de Agosto de 1960, del Ministerio de Obras Públicas, actual Ministerio de Obras Públicas y Transportes, a continuación de la letra o), las siguientes nuevas letras:
    p) 10 años para carpetas bituminosas de 6 ctms. de espesor, de graduación cerrada, en las que se emplee como ligante el Fuel Oil 6 ó el producto denominado Bunker c, colocadas sobre bases estabilizadas, sobre pavimento de hormigón o pavimentos asfálticos existentes.
    q) 5 años para carpetas bituminosas de 6 ctms. de espesor, de graduación cerrada, en las que se emplee como ligante el Fuel Oil 6 o el producto denominado Bunker c, colocadas sobre calzadas de terreno natural, consolidado por el tránsito debidamente corregidas y perfiladas.
    r) 5 años para pavimentos de aceras, constituidos por carpetas bituminosas de 3 ctms., de espesor, de graduación cerrada, en las que se emplee el Fuel Oil 6 ó el producto denominado Bunker c.

    Anótese, tómese razón, regístrese, comuníquese y publíquese.- E. FREI M.- Andrés Donoso Larraín.
    Lo que transcribo a U. para su conocimiento.- Dios guarde a U.- César Díaz-Muñoz Cormatches, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo,